CIDH - MEDIDAS DE PROTECCIÓN: COMUNIDAD DE PAZ

Nuestra Comunidad de Paz de San José de Apartadó se ve nuevamente en la necesidad de dejar constancia ante el país y el mundo de las agresiones y violaciones graves de sus derechos perpetradas en los últimos días:
En tan antijurídico fallo, la Juez llega a afirmar que la Brigada XVII “se encuentra en estado de indefensión”. Cita artículos de la Constitución que están enfocados a favorecer y proteger a la población civil eventualmente victimizada por el ejército, como el Art. 2 que establece que “las autoridades de la República están instituidas para proteger a las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades”, y el Art. 20 que garantiza “a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones e informar y recibir información veraz e imparcial y fundar medios masivos de comunicación. Hace también referencia al derecho a la rectificación, el cual procede “cuando se ha difundido una información que no corresponde a la verdad”.
Al parecer, la Juez no tomó en la cuenta que el poder institucional e intimidatorio de un cuerpo armado, como el ejército, jamás podría confrontarse con una comunidad carente de por sí de poder, y más cuando ha denunciado ya varios millares de agresiones, violencias, persecuciones y hostigamientos por parte del Estado y de cuerpos armados que gozan de su protección. Tampoco toma en cuenta la Juez el hecho de que el ejército hace parte de las “autoridades de la República”, estatuidas para proteger los derechos ciudadanos y no para violarlos. Tampoco toma en cuenta que la Constitución garantiza la libre expresión, información y difusión veraz e imparcial y que si considera que no es veraz ni imparcial tiene que probarlo y no basarse justamente en la opinión de quienes son cuestionados por sus agresiones graves, persecuciones y omisiones de consecuencias fatales.
La Juez afirma que si la Comunidad “tiene certeza de las publicaciones que ha hecho, tiene el deber de interponer las correspondientes denuncias ante las autoridades competentes y no sembrar en los ciudadanos un dejo de suspicacia y de desconfianza sobre dicha institución”. Todo muestra que la Juez tiene un grado extremo de desconocimiento sobre lo que es y hace la “justicia colombiana”. Aquí cabría la expresión de Cristo frente a sus victimarios: “Perdónale, Señor, porque no sabe lo que hace”. Parece ignorar los extremos niveles de impunidad y de corrupción de la “justicia”, situación que fuerza a muchas conciencias rectas a no colaborar con ella. Y además, sembrar suspicacia y desconfianza sobre una institución que ha destruido tantas vidas humanas con tanto exceso de crueldad, no es hacerle un mal a la sociedad sino todo lo contrario: es propender por la defensa de las vidas y alertar a los ciudadanos para evitar la destrucción de más vidas y la negación de sus derechos.
Pero si algo desconoce la Juez más radicalmente es la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas (A/RES/53/144 del 8 de marzo de 1999). En dicha Declaración se afirma el derecho a comunicarse con organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales (art. 5 c) las cuales son justamente las destinatarias de las Constancias de la Comunidad de Paz. Se afirma también el derecho a “publicar, impartir o difundir libremente a terceros opiniones, informaciones y conocimientos relativos a todos los derechos humanos y libertades fundamentales” (art. 6 b) y a “estudiar y debatir si esos derechos y libertades fundamentales se observan, tanto en la ley como en la práctica … a señalar a la atención del público esas cuestiones por conducto de esos medios y de otros medios adecuados” (art. 6 c) Establece además que “Nadie participará, por acción o por el incumplimiento del deber de actuar, en la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y nadie será castigado ni perseguido por negarse a hacerlo”(art. 10), artículo que condena la acción y omisión de los militares que violan los derechos humanos y protege la negativa de la Comunidad a ser cómplice, por el silencio o por la omisión de denuncia, dada la consciencia y experiencia de la inutilidad de la denuncia institucional. Este derecho lo refuerza aún más el art. 12 al establecer que “toda persona tiene derecho, individual y colectivamente, a una protección eficaz de las leyes nacionales al reaccionar u oponerse, por medios pacíficos, a actividades y actos, con inclusión de las omisiones, imputables a los Estados, que causen violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como a actos de violencia perpetrados por grupos o particulares que afecten el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
La injustificable y enorme ignorancia de la Juez GÓMEZ CARVAJAL en materia de derechos humanos, quizás se hubiera menguado un poco si hubiera hecho un mínimo esfuerzo por averiguar si lo que dice nuestra Comunidad en sus CONSTANCIAS es cierto o tiene algún fundamento; si hubiera rastreado de alguna manera las varias sentencias de la Corte Constitucional en favor de la Comunidad de Paz, así como las Resoluciones y audiencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y sus llamadas de atención al Estado colombiano, y si hubiera examinado, así fuera someramente, los Autos de la Corte Constitucional en favor de la Comunidad de Paz y los censurados desacatos a las órdenes de la Corte Constitucional por parte del Ministerio de Defensa y de la Brigada XVII.
Toda esa ignorancia e irracionalidad nos revela, desgraciadamente, las fallas profundas de un Estado hundido en la corrupción y en multitud de prácticas anti-humanas.
Lo más grave de esto es que, luego de agredir y desconocer tantos derechos de nuestra Comunidad de Paz durante 22 años, ahora el Estado busca bloquear el derecho a la denuncia, pues el ejército con su tutela y la juez con su fallo están diciendo en la práctica: dejen de denunciar; déjense destruir; no se comuniquen más con quienes los pueden apoyar desde su fuerza ética y moral ya que la justicia no funciona.
Comunidad de Paz de San José de Apartadó
Octubre 14 de 2018
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