´´… No vuelva a remitir estas peticiones angustiosas y apremiantes, fundamentadas en los principios más axiales de la Constitución y del Derecho Internacional, a los individuos o instituciones victimarias, que sólo buscarán afianzar su impunidad en la negación sistemática y gratuita de todas sus atrocidades…« 

Bogotá, noviembre 25 de 2015

Doctor

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

Presidente de la República

Ciudad

Ref:

Rad: EXT10-00099660 – Noviembre 3/2010

Rad: EXT11-000006335 – Enero 24/2011

Rad: EXT11-00014231 – Febrero 13/2011

OFI11-00007596 / JMSC 33020 – Enero 21/2011

OFI11-00014392 / JMSC 33020 – Febrero 15/ 2011

OFI11-00019116 / JMSC 33020 – Febrero 25/ 2011

Rad: EXT11-00034960 – Abril 11 /2011

OFI11-00036328 / JMSC 33020 – Abril 11 / 2011

Rad: EXT11-00061811 – Junio 28 / 2011

Rad: EXT11-00109596 – Noviembre 15 / 2011

Rad: EXT12-00064927 -Agosto 2 /2012

Rad: EXT12-00089778 -Octubre 17 / 2012

Rad: EXT13-00009186- Febrero 2 / 2013

Rad: EXT13-00035.864 – Abril 16/ 2013

Rad: DPG13-00003398 – Septiembre 17 / 2013

Rad: DPG13-00006189 – Octubre 17 / 2013

Rad: DPG14-00006705 – Marzo 14 / 2014

Rad: DPG14-00035365 – Octubre 14 / 2014

OFI14-00103340 / JMSC 110200 – Octubre 22 / 2014

Rad: DPG14-00043983 – Diciembre 11 / 2014

Rad: DPG15-00022674 – Julio 23 de 2015

OFI15-00060827 / JMSC 110200 – Agosto 3 de 2015

De toda consideración.

Una vez más invoco, Señor Presidente, el derecho constitucional de petición, luego de haberlo hecho otras 16 veces dentro de su administración y 18 veces más durante la administración Uribe Vélez, por las mismas razones y ante situaciones igualmente graves de Crímenes de Estado, sin haber obtenido nunca una respuesta acorde con las obligaciones que la Constitución Nacional le impone al Jefe del Estado.

El 3 de agosto de 2015 recibí el Oficio 00060827 suscrito por la Secretaria Jurídica de su despacho, Dra. Cristina Pardo Schlesinger, mediante el cual intenta eximir de responsabilidad al jefe del Estado por las actuaciones de los ministros y directores de departamentos administrativos. Para ello, luego de referirse al artículo 189 de la Constitución que define el papel del Presidente como jefe de Estado, de gobierno y suprema autoridad administrativa, cita el artículo 115 de la misma Carta donde se añade a la anterior definición el papel de los ministros y jefes de departamentos administrativos como parte del gobierno en su respectivo campo, subrayando que los mismos actos del Presidente no tienen valor, exceptuando los nombramientos, si no son suscritos y comunicados por los ministros o jefes de departamentos respectivos. Refuerza lo anterior citando el artículo 208 de la Constitución que señala a los ministros y jefes de departamentos como “jefes de la administración en su respectiva dependencia” e interpreta el numeral 3 del artículo 189 que le asigna al Presidente la dirección de la fuerza pública como comandante supremo, en el sentido de que esto “no conlleva a que éste (el Presidente) tenga competencia para atender todos los requerimientos que se hagan respecto a la actividad de aquellas (las fuerzas armadas)”. De ello concluye que “es necesario descartar que el Señor Presidente de la República pueda tenerse como competente para atender las situaciones narradas en la petición…”. Una conclusión que a todas luces excede con creces lo que permiten concluir las premisas.

No obstante dicha argumentación, la cual no desvirtúa en absoluto los fundamentos constitucionales en que he respaldado de manera persistente y explícita los 34 derechos de petición elevados hasta ahora, como un clamor angustioso y apremiante frente a situaciones que desconocen de manera sistemática toda la estructura constitucional de la nación, el derecho internacional y los parámetros más elementales de la ética universal.

En efecto, la Dra. Pardo Schlesinger no desconoce sino que cita explícitamente el inciso del tercer párrafo del artículo 115 de la Constitución, donde la Carta establece que hay actos del Presidente que no requieren del concurso de ministros y jefes de departamentos para adquirir valor y fuerza. Esos actos son: “el nombramiento y remoción de ministros y directores de departamentos administrativos y aquellos expedidos en su calidad de jefe del Estado y de suprema autoridad administrativa”. De aquí se sigue que hay dos campos de enorme importancia en que la responsabilidad personal del Jefe de Estado es ineludible: a) el nombramiento de sus altos funcionarios, como ministros y jefes de departamentos administrativos, quienes deben identificarse plenamente con él en las grandes directrices de su política, y b) los actos expedidos en virtud de su función de jefe de Estado y de suprema autoridad administrativa, entre los cuales, sin lugar a duda, se tienen que encontrar las decisiones que miran a proteger principios fundantes del Estado de Derecho y de salvaguarda de la dignidad humana elemental, base ineludible de un Estado legítimo.

Refiriéndome en primer lugar al primer campo, o sea al de nombramiento y remoción de sus ministros y jefes de departamentos administrativos, el artículo 189 lo contempla en su numeral 1 y lo complementa en otros numerales: le atribuye la dirección de la fuerza pública como comandante supremo (numeral 3); el poder de dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente (numeral 5); le da facultades de nombrar y remover libremente a sus agentes (numeral 13); de modificar las estructuras de ministerios, departamentos administrativos y demás entidades u organismos (numeral 16) y de conferir grados a los miembros de la fuerza pública y someter a aprobación del senado los que correspondan (numeral 19). Tales funciones, que miran precisamente a que el Estado tenga una dirección coherente en sus grandes principios y políticas, si bien no hace responsable al Presidente de todo lo que hagan sus subalternos y colaboradores inmediatos en el gobierno de la nación, sí lo hace responsable, de absoluta evidencia, al nombrar a colaboradores que violan sistemáticamente los principios constitucionales e incurren en crímenes de carácter internacional o que tienen comportamientos de gobierno que se hacen repudiables ante parámetros elementales de una ética universal. Tal responsabilidad personal es aún más evidente cuando el jefe del Estado recibe sistemáticamente información de tales comportamientos inconstitucionales, criminales o anti-éticos y se abstiene de corregir las situaciones, de someter a escrutinio las unidades que así delinquen y sostiene en sus cargos a los infractores, ya mediante apoyo explícito, ya mediante omisiones pasivas que resultan ser las más efectivas, lo que deriva en una repetición sistemática de los crímenes, siendo ya imposible exonerar de plena consciencia y aquiescencia al jefe del Estado. Con estos fundamentos la misma Constitución Nacional en su Artículo 198 le impone al Presidente el deber de hacerse responsable de «actos y omisiones que violen la Constitución y las leyes», artículo en el cual se origina, según la Corte Constitucional, el «deber de garantía», afirmando la Corte que si un superior no evita un delito de lesa humanidad «por ser garante se le imputa el resultado lesivo del inferior y no el simple incumplimiento de un deber funcional» (Sentencia SU-1184/01). Por ello, en el ordenamiento constitucional colombiano el Jefe del Estado tiene no solo facultades para intervenir en las cadenas de mando con miras a impedir la continuidad de prácticas sistemáticas de crímenes de lesa humanidad que desconocen los fundamentos mismos del Estado de Derecho y el Derecho Internacional vinculante en calidad de Ius cogens, sino que esas facultades devienen obligaciones, según lo contempla el mismo ordenamiento constitucional. Ninguna otra institución del Estado puede, por vía administrativa, remover a funcionarios de libre nombramiento y remoción (Art. 189,13 CN) y tomar medidas urgentes e impostergables en unidades de la fuerza pública que solo puede hacer quien esté revestido del carácter de «Comandante Supremo» (Art. 189,3 CN), mucho más cuando las mismas altas jerarquías de las instituciones armadas han demostrado solidaridad con los criminales, obviando toda sanción, investigación y corrección de sus atrocidades, acudiendo a todo tipo de subterfugios y encubrimientos.

La Comunidad de Paz de San José de Apartadó ha puesto en conocimiento de la Presidencia de la República todas las atrocidades de la fuerza pública y de sus brazos paramilitares desde 1997, por lo cual jamás podrá haber eximente alguno de “ignorancia” como argumento de exoneración de responsabilidades personales del Jefe de Estado.

Pero la misma facultad de libre nombramiento y remoción de sus ministros y altos colaboradores en el gobierno, evidencia la responsabilidad del jefe de Estado sobre los actos de sus subalternos cuando se examina la lógica interna de dicho principio. En efecto, si el Presidente nombra como ministro de defensa a un personaje con tendencias homicidas y sádicas, explícitas o implícitas, y dicho ministro se rodea de comandantes militares y policiales que se dedican a asesinar, a torturar, a perseguir a inocentes, a tratar de ganar méritos mediante volúmenes de muertos, a destruir los medios de subsistencia de las capas más desprotegidas, a realizar montajes para privar de la libertad a centenares de inocentes, ¿Quién podría afirmar que el Presidente no es responsable de todos esos crímenes, sobre todo cuando éstos se multiplican y prolongan por años y décadas y el Presidente, plenamente informado de todo ello, mantiene en sus cargos a todos esos subalternos? En sana lógica, nadie podría hacer semejante afirmación. La responsabilidad personal es más que evidente. Y tal es, a niveles muy cercanos a los del ejemplo, lo que se ha reclamado en 34 derechos de petición y constancias y clamores apremiantes durante 18 años.

Pero pasando al segundo campo en que la responsabilidad personal del Jefe del Estado no se transfiere a sus ministros o jefes de departamentos, que son los actos “expedidos en su calidad de jefe del Estado y de suprema autoridad administrativa” (Art. 115), hay que situar en dicho campo, como prioridad de prioridades, los actos relativos a la obligación que le impone el artículo 188 de la Constitución donde se establece que el Presidente “al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos”.

Lo anterior seguramente se deriva, como consecuencia lógica, del artículo 2 de la Constitución en que se establecen los fines esenciales del Estado y en consecuencia lo esencial del papel de las autoridades de la república, de las cuales se afirma que “están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”. De allí que, al fijar los niveles de responsabilidad, el artículo 6 de la Constitución  afirme que “los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación de sus funciones”.

Se deduce, pues, que si hay algún campo prioritario que demanda actos administrativos en que el Jefe del Estado tenga la obligación más primaria e ineludible de intervenir, siendo incluso responsable por sus omisiones y por  las consecuencias de éstas, es el campo de la protección de la vida y la dignidad y derechos humanos fundamentales, sin la cual el Estado mismo pierde sus fines esenciales y legitimantes.

Usted, Presidente Santos, se ve que no ignora esto, pero lo lamentable es que sólo lo reconozca en situaciones de su predilección o de profunda significación política internacional, como por ejemplo, cuando hace unas semanas el gobierno de Venezuela decidió cerrar las fronteras y deportar a cierto número de colombianos. En su discurso del 26 de agosto de 2015, en la frontera con Venezuela, Usted dijo:

Yo, COMO PRESIDENTE DE TODOS USTEDES, DE TODOS LOS COLOMBIANOS, TENGO LA OBLIGACIÓN DE PROTEGERLOS, DE PROTEGERLOS DE TODO TIPO DE ABUSOS, y los voy a proteger. Entendemos su dolor, lo vi, lo palpé, me lo contaron, su indignación, totalmente explicable, es la misma mía, su sentimiento de impotencia y de humillación que nos duele a todos los colombianos y estamos haciendo todo para ayudarlos a ustedes y también estamos manifestando nuestra protesta y exigiendo a las autoridades venezolanas respeto, respeto por la dignidad de los colombianos, respeto por estas familias que no son ningunos paramilitares, son familias pobres, familias humildes, que lo único que quieren es que los dejen vivir, que los dejen trabajar. Hoy se reunieron los cancilleres, quedaron de volverse a reunir, de reunir a los ministros de defensa, pero hoy no vine a hablar de Venezuela ni a hablarle a Venezuela; yo estoy aquí por mis compatriotas, por los colombianos, y debo decir que alzar la voz y subirle el volumen a la confrontación no va a ayudar a resolver el problema. Vine a decirles a los cientos de colombianos deportados que aquí está su país, que aquí está su gobierno, que aquí está su pueblo, aquí está su Presidente para apoyarlos en todo lo que esté a nuestro alcance; que no están solos, están en su casa.”

Es muy deplorable que solamente en circunstancias como ésta, de altísima sensibilidad política nacional e internacional, se manifieste tan claramente  la consciencia de tener una obligación constitucional de primer orden, y que esa misma consciencia sea soslayada en el orden interno, frente a comunidades igualmente pobres, igualmente humildes, igualmente humilladas y vilipendiadas, igualmente indignadas, con iguales sentimientos de impotencia, que igualmente piden a gritos solamente que los dejen vivir y trabajar dentro de su miseria; que no les arrebaten sus tierras; que no los involucren a la fuerza en los grupos paramilitares; que no les hagan montajes infames; que les retiren de sus territorios a esa fuerza pública que no tienen  ningún perfil constitucional porque son asesinos, torturadores, desaparecedores, desplazadores, saqueadores, maleantes; que les manden militares y policías que conozcan y respeten la Constitución y las leyes; que cumplan su deber de protección en lugar de planes de agresión, de destrucción y de exterminio.

Nadie entiende, Señor Presidente, que usted proteste contra agresores de otro país y tolere y respalde cosas peores dentro de su mismo país, sabiendo que su mayor obligación constitucional es impedir eso justamente. Nadie lo entiende, Señor Presidente.

Reiteradamente le he suplicado también, Señor Presidente, que no remita nuestras constancias y peticiones apremiantes a las instituciones de los mismos victimarios. La psicología más elemental nos enseña que si al victimario o a su institución se le encomienda la tarea de investigarse a sí misma; de juzgarse a sí misma; de corregirse a sí misma, no sólo no lo hará y manipulará todas las informaciones, argumentos y solidaridades institucionales para “probar” que nada de lo denunciado ha ocurrido, sino que buscarán cómo estigmatizar y desprestigiar a los denunciantes y cómo incentivar fuerzas adversas contra ellos. Eso justamente es lo que ha ocurrido con la brigada 17, otras brigadas militares, la policía de Urabá y el Ministerio de Defensa. El odio reconcentrado contra la Comunidad de Paz no acredita a esas instituciones, ni de lejos, para “investigar” lo que la Comunidad y el campesinado de su entorno denuncian; mucho menos para buscar soluciones y muchísimo menos para “responder” en nombre del Estado y del Presidente a los clamores angustiosos y apremiantes que precisamente los señalan a ellos como los causantes de tanto sufrimiento.

Como usted ha remitido nuestras peticiones a los mismos victimarios para que sean ellos quienes respondan y “desmientan” gratuitamente todo lo ocurrido, me ha sorprendido recibir el oficio No. 006892 MDN-CGFM-CE-DIV07-BR17-CJM-DD-HH-25.11 fechado el 12 de octubre de 2015 en Carepa, Antioquia, que encabeza con la atrevida referencia: “Respuesta Derecho de Petición”. Quien lo suscribe, el señor Germán Rojas Díaz se presenta como comandante de la décima séptima brigada y “responde” a 19 constancias de las 60 que contiene el Derecho de Petición No. 16 a Usted, Señor Presidente, radicado en su despacho el 23 de julio de 2015. Es triste y preocupante que ya no nos sorprenda el contenido de dichas “respuestas”, en las cuales niega todo lo ocurrido, hasta la presencia de sus tropas en los diversos escenarios en que cometieron atrocidades, afirmando que las “revisiones a sus archivos operacionales” demostraban que en esos sitios no había tropas, pero la población sí vio y sufrió  afrentas y agresiones de uniformados plenamente identificables como tropas oficiales que difícilmente podrían ser fantasmas. Se atreve a negar incluso sus propias declaraciones por los medios masivos de comunicación, saturadas de calumnias e infamias contra la Comunidad de Paz y sus miembros, incluso una calumnia escalofriante contra el Representante Legal de la Comunidad. No reconoce siquiera los disparos que penetraron en la humanidad de campesinos y campesinas o que eliminaron semovientes que sostenían la subsistencia de humildes familias. TODO, TODO ES NEGADO OLÍMPICAMENTE.

Digo que no nos sorprende el contenido de tales “respuestas”, porque estamos más que acostumbrados a la falsedad de las mismas: cuando nació la Comunidad de Paz en medio de un baño de sangre, las delegaciones extranjeras que nos visitaban se detenían en el retén paramilitar establecido de manera permanente en el sitio Tierra Amarilla, en plena vía entre Apartadó y San José, y luego visitaban la brigada 17 para protestar por esa presencia criminal que había eliminado tantas vidas, pero Rito Alejo del Río les negaba, a quienes acababan de verlos con sus propios ojos, que existieran paramilitares y que tuvieran retenes en esa carretera. Su comportamiento ha sido imitado por todos los que lo han relevado en el cargo. El Señor Rojas Díaz usa como pretexto de apariencia legal para intentar ocultar sus responsabilidades, la exigencia de sentencias judiciales que los declaren culpables de todas esas atrocidades, como ignorando que justo la Comunidad de Paz y el suscrito tuvimos que romper con una justicia que comprobamos absolutamente corrupta, que pisotea todos los principios rectores del procedimiento penal y del derecho internacional, “justicia” falsa que ha sido manipulada durante décadas por la brigada 17 donde se han confeccionado montajes de toda índole, con falsos testigos sometidos con torturas y sobornos, como se demuestra, con fundamento en numerosos expedientes, en el libro “Fusil o Toga- Toga y Fusil” ya radicado en su despacho.

Pero el Señor Rojas Díaz, en la introducción a sus falsas “respuestas” que pretenderían tapar el sol con un dedo, hace 3 afirmaciones que buscan reforzar desesperadamente la impunidad que reclama, acogiéndose a argumentos absolutamente indefendibles:

1) En primer lugar, vuelve a recurrir al argumento, refutado de manera contundente por la Corte Constitucional, de que suministrar los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando de los miembros de la fuerza pública que estaban presentes en los sitios, fechas y horas en que se perpetraron los crímenes, sería “información de reserva” por estar relacionada con aspectos ligados a la seguridad y defensa nacional. La Corte Constitucional anuló esos argumentos en la sentencia T-1025/07. En efecto, la Corte descalificó las razones del Ministerio de Defensa para negarse a dar esa información, con estas palabras:

la decisión del Ministerio comporta una afectación extrema del derecho a acceder a la información, con lo cual se obstaculiza también la realización del derecho de las víctimas a lograr la verdad, la justicia y la reparación, y una garantía de no repetición de los hechos que los afectan. Es decir, independientemente de si son inocentes los agentes de la Fuerza Pública cuyos nombres se solicitan, las víctimas tienen el derecho de indagar sobre las circunstancias y los presuntos autores de los delitos y ello significa que pueden acceder a los nombres de los agentes que ellos consideran que pueden estar implicados”. Por ello la Corte añade:  “la determinación del Ministerio de Defensa hace inoperante en este caso el derecho ciudadano a acceder a la información que reposa en las instituciones del Estado y explica que la reserva de las investigaciones no se aplica a los nombres de los investigados sino a las diligencias practicadas” y que en el caso de los miembros de la Fuerza Pública, desde el mismo diseño de los uniformes de la Fuerza Pública se parte de la base de que los nombres de sus agentes deben ser visibles y reconocibles para los ciudadanos. Esto significa que la actividad cotidiana de los miembros de la Fuerza Pública entraña que sus identidades sean conocidas, tal como lo solicita el actor de la presente tutela”.

La Corte examinó exhaustivamente el argumento de la “reserva” en la Sentencia y no lo consideró válido, aduciendo cuatro argumentos contra dicha inexistente “reserva”. En primer lugar, afirmó que para tener el rango de información reservada tendría que estar explícitamente señalada en la Constitución o la Ley de manera taxativa, lo cual no se da. En segundo lugar, el hecho de ser información de alguna manera relacionada con operaciones militares o de inteligencia o seguridad, esa relación por lógica elemental no se aplica a los nombres sino a los contenidos u objetivos de las operaciones, mientras los nombres, por ley, deben ser de público conocimiento. En tercer lugar, el hecho de estar eventualmente relacionada con investigaciones penales o disciplinarias, la reserva nunca se aplica a los nombres sino a las pruebas, por eso suministrar los nombres no viola el debido proceso ni la presunción de inocencia, según la Corte. En cuarto lugar, si existen problemas de seguridad para los agentes por el hecho de ser conocidos sus nombres, esos riesgos no autorizan la violación de los derechos constitucionales y universales implicados en el ocultamiento de los nombres (problema “de proporcionalidad y racionalidad” según la Corte), y menos cuando se trata de cuerpos armados que tendrían las mayores posibilidades de eludir esos riesgos. Todos los argumentos esgrimidos por el Ministerio de Defensa para negar las pretensiones o para desacatar la sentencia, la  Corte Constitucional, en la misma Sentencia los invalidó de manera contundente, demostrando a las claras que el argumento de la “reserva” no tiene sustento alguno.

Señor Presidente, el Señor Rojas Díaz no tiene derecho alguno a citar argumentos que fueron esgrimidos en las discusiones previas a la sentencia por sus mismos compañeros de armas que buscaban impunidad, pero que fueron invalidados con sustento de jurisprudencias nacionales e internacionales por la Corte Constitucional. A usted, Señor Presidente le corresponde sancionar y erradicar de su gobierno esta forma de desacato a la Corte.

Le ruego, por enésima vez que acabe con dicho desacato y ordene a sus subalternos suministrar los nombres solicitados, con sus códigos institucionales, sus unidades de pertenencia y sus líneas de mando.

A nadie se le oculta que seguir escondiendo esa información, contra las órdenes de la más alta Corte del Estado, equivale a encapuchar criminales al mejor estilo paramilitar para garantizarles absoluta impunidad.

2) El Señor Rojas Díaz niega que la brigada 17 sostenga una política de connivencia con estructuras paramilitares. En las primeras páginas de su falsa “respuesta” teoriza sobre el supuesto efecto de la presencia de la brigada en ese territorio, afirmando que esa presencia protege los derechos ciudadanos. Pero tal afirmación teórica no se compadece con la realidad cruda de la presencia paramilitar en las veredas del corregimiento. En numerosas ocasiones se le ha puesto de presente a Usted, Señor Presidente, la unidad de acción entre fuerza pública y estructuras paramilitares en centenares de episodios sangrientos y terriblemente criminales, valga recordar solamente como ejemplo la horrenda masacre del 21 de febrero de 2005 en las veredas Mulatos y Resbalosa, cuando militares y paramilitares se intercalaban en fila y descuartizaron a niños y a adultos. A miembros de ese mismo batallón Vélez los encontramos en octubre de 2013, en una peregrinación nacional e internacional de 150 personas, acampando a pocos metros del dormitorio de los paramilitares que desaparecieron al joven Buenaventura Hoyos en la vereda La Hoz el 31 de agosto del mismo año. Hoy, cuando los paramilitares se pasean exhibiendo listas de campesinos para matar en las veredas Arenas Bajas, La Esperanza, Las Nieves, Rodoxalí, Mulatos, Playa Larga y el corregimiento de Nuevo Antioquia, constituye un extremo cinismo negar la connivencia entre ejército y paramilitares.

3) El Señor Rojas Díaz protesta airadamente porque se hace referencia a sus comportamientos como “delincuenciales” y exige que para calificarlos así haya previamente sentencias judiciales de una justicia en extremo corrupta que ha sido persistentemente manipulada por la brigada 17 con montajes inconfesables. ¿Cómo más pueden entonces calificarse comportamientos que buscan someter a chantaje a un miembro de la Comunidad de Paz para que ayude a destruirla, bajo la amenaza de que si no colabora en su destrucción le inventará un proceso judicial como narcotraficante o como comandante guerrillero? ¿Cómo más pueden calificarse comportamientos que utilizan a paramilitares para transmitir mensajes de amenazas, como las que él envió en enero de 2009 con el paramilitar Wilfer Higuita, quien además exhibía en varias veredas listas de campesinos para matar, varios de los cuales fueron asesinados en los días siguientes? ¿Cómo más pueden calificarse comportamientos de alguien que calumnia y difama de manera sistemática, por los medios masivos de comunicación, a una Comunidad de Paz? ¿Cómo más pueden calificarse comportamientos de jefes militares en cuya jurisdicción actúan sin estorbo alguno estructuras paramilitares que asesinan, desaparecen, desplazan, amenazan, saquean, torturan y se ufanan de controlar los territorios sin obstáculo alguno por parte del ejército oficial?

Lo más grave, Señor Presidente es que la agresión brutal contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó no cesa sino que se recrudece. A continuación le transmito los hechos perpetrados a partir del último derecho de petición radicado en su despacho el 23 de julio de 2015:

·      El miércoles 5 agosto de 2015, en horas de la mañana, el Comandante de la Brigada XVII del Ejercito Nacional, Coronel Germán Rojas Díaz, en el contexto de un evento público en las afueras de la Alcaldía Municipal de Apartadó, manifestó el interés absoluto de que se levanten las medidas cautelares y provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de la Comunidad de Paz. No es la primera vez que un funcionario del gobierno colombiano expresa dicho anhelo, ni es extraño escuchar de dicho coronel semejantes atrevidas peticiones, cargados con el odio que ha demostrado contra el proceso de vida de la Comunidad de Paz. Parece que no le basta la persecución enconada y malévola ni los niveles de estigmatización, chantaje y persecución que ha tejido dicho militar contra el proyecto de vida de la Comunidad de Paz. Quedan  claras  las razones y propósitos que han conducido a que dicho funcionario se mantenga en esa guarnición militar, con el objeto de destruir por cualquier medio la Comunidad de Paz,  incluyendo el que se levanten unas medidas de protección que él nunca ha respetado pero que agravan más sus acciones ante las instancias jurídicas nacionales e internacionales..   

·      El miércoles 26 de agosto de 2015, mientras tres miembros de la Comunidad de Paz se trasladaban desde el casco urbano de Apartadó hacia el asentamiento de la Comunidad en San Josecito, fueron abordados por agentes de la Policía Nacional que se movilizaban en motocicleta, quienes sometieron a los miembros de la comunidad a ultrajes y luego procedieron a anotar en una libreta las placas del vehículo en el que se trasladaban. En forma clara se evidencia el hostigamiento y persecución contra los miembros de la Comunidad de Paz.

·      El jueves 10 de septiembre de 2015, hacia las 11:00 horas, dos miembros de la Comunidad de Paz que se trasladaban desde San Josecito hacia el casco urbano de Apartadó, fueron abordados por agentes de la Policía Nacional, a la altura del barrio Alfonso López, en Apartadó. Allí, fueron empadronados y fotografiados por agentes de la Policía, argumentando que ellos “hacen lo que les da la gana; que ellos son autoridad y que están por encima de cualquier sentencia de la Corte Constitucional”, en total desacato a la sentencia C-1024 del 2002 la cual prohíbe a la fuerza pública los empadronamientos cuando afirma: ´´esta Corte declaró contrario a la Constitución el registro de la población que en ella se autorizaba adelantar en los llamados “Teatros de operaciones militares”, pues esa clase de empadronamientos no se encuentra autorizada ni en estados de normalidad ni en estados de excepción. «

·      El viernes 11 de septiembre de 2015, varios campesinos procedentes de la vereda Mulatos del Corregimiento de San José, los cuales se encontraban en la vereda Playa Larga del mismo Corregimiento, fueron abordados por varios paramilitares vestidos con prendas militares y portando armas largas, los cuales afirmaron que los habitantes de las veredas Mulatos y Resbalosa “eran guerrilleros y milicianos de las FARC, que no se les permitía volver a pasar por allí”, pues según ellos, “estaban haciendo inteligencia para la guerrilla”.

.      El mismo lunes 21 de septiembre de 2015, hacia las 3:00 horas, en el asentamiento de San Josecito, dos hombres vestidos de traje oscuro, intentaron ingresar a la vivienda de un miembro de Consejo Interno, al no lograr abrir la puerta y al escuchar el ruido de los ocupantes de la vivienda, los sujetos emprendieron la huida.

       El mismo lunes 21 de septiembre de 2015  fue ejecutado en la vereda Playa Larga de San José de Apartadó el campesino ERNESTO GUZMÁN por efectivos paramilitares que han dominado esas veredas con plena aquiescencia y colaboración de todas las autoridades. Si bien Ernesto en la última época no era integrante formal de la Comunidad de Paz, sí lo había sido en el pasado desde la fundación de la Comunidad. En 2009 había sido privado de su libertad por los paramilitares y amenazado de muerte. En los últimos años los paramilitares lo presionaron para que les vendiera su finca a lo cual él se negó rotundamente y todo muestra que por ello lo asesinaron. Tanto Playa Larga como otras veredas aledañas son controladas hoy día por los paramilitares quienes se han apropiado, bajo chantajes y amenazas, de numerosos predios. Se ha sabido que dos de sus hijos han sido desaparecidos recientemente a manos de los paramilitares.

       El jueves 24 de septiembre de 2015 la Comunidad de Paz tuvo conocimiento de que la Fiscalía estaba buscando la manera de exhumar los restos de un niño fallecido el pasado mes de junio en una dolorosa tragedia familiar, cuando dos hermanitos menores se pusieron a jugar con una escopeta de cacería y a uno de los niños se le disparó el arma dejando sin vida a su hermanito. Como la Comunidad lo informó públicamente, tal hecho que causó profundo dolor en la familia y en la Comunidad, fue aprovechado por los militares, y en concreto por el Coronel Germán Rojas Díaz, comandante de la Brigada XVII, para construir un relato falso de perversidad incalculable, con el fin de estigmatizar una vez más a la Comunidad mediante la calumnia y la mentira, dando curso al odio con el que siempre la ha querido destruir. Ahora la Fiscalía parece ponerse a su servicio, haciendo una excepción en su rutina, ya que jamás ha querido investigar los centenares de crímenes de lesa humanidad perpetrados por el ejército y los paramilitares contra la Comunidad de Paz, dejando todos los horrores en la impunidad más absoluta y aberrante, sin siquiera indagar nunca en la brigada ni en sus batallones por los nombres de los militares que estaban presentes en los escenarios de los crímenes, como lo exige la Sentencia T-1025/07 de la Corte Constitucional. Tampoco las altas Cortes del Estado han respondido al Derecho de Petición del 19 de enero de 2009, en el cual se les demostró con numerosos casos concretos que la “justicia” estaba actuando en Urabá de la manera más corrupta, pisoteando todos los principios constitucionales y los principios rectores del Código de Procedimiento Penal, produciendo fallos espurios y corruptos. La Comunidad sigue esperando que las altas Cortes corrijan tanta podredumbre, y entonces colaborará con todas las exhumaciones que busquen esclarecer los crímenes con honestidad y rectitud.

       El viernes 25 de septiembre de 2015, varios campesinos de la vereda Arenas Bajas fueron amenazados por los paramilitares que hacen presencia en esa zona, quienes los conminaron a abandonar la vereda si no quieren ser ejecutados. Tales amenazas han sembrado pánico en los pobladores de la zona.

       El domingo 27 de septiembre de 2015, hacia las 6:00 horas y por espacio de más de 2 horas, un grupo de militares se mantuvieron acantonados junto al asentamiento de San Josecito y junto al cementerio de la Comunidad de Paz sin dar explicación alguna de tales actuaciones.

       El miércoles 30 de septiembre de 2015, varios pobladores del corregimiento de San José recibieron llamadas telefónicas por sujetos quienes se identificaron como paramilitares, conminándolos a trabajar con ellos y prometiendo que les darían unos códigos para que cada vez que estuvieran en un retén presentaran dicho código y la policía los dejaría tranquilos.

       En los últimos días de septiembre de 2015, la Comunidad de Paz pudo comprobar con documentos en mano, que la instalación del Búnker de la Policía en el caserío de San José, instalación que ocasionó el desplazamiento masivo de los integrantes de la Comunidad el 1° de abril de 2005, no solamente constituyó un ejercicio de violencia ilegal contra una propiedad privada, sino que dio inicio a una cadena de fraudes y diligencias delictivas y tramposas por parte de las instituciones del Estado.

En efecto, la Policía, el 1° de abril de 2005, destruyó los candados y puertas y se apoderó de la casa-lote de propiedad privada, en ese entonces ocupada por la familia de ELIDIO TUBERQUIA, quien luego de reclamar insistentemente ante la fuerza pública por el robo de su casa-lote, apareció cerebralmente muerto en la carretera, el 13 de noviembre de 2006, permaneciendo en coma hasta el 9 de julio de 2008 cuando murió en Medellín. Para tapar sus delitos, la Policía prometió que pagaría el terreno a su familia, pero resulta que ese terreno constituía propiedad legal y titulada de otra familia que había sido desplazada por la violencia, según la Matrícula Inmobiliaria 008-37690, la cual se había originado en la Resolución 1311 del INCORA del 26 de junio de 1989, como adjudicación de baldío de 5.125 metros cuadrados en favor de Agustín Antonio Blanquicet Carvajal y María Aurora Carvajal de Blanquicet, Radicado 2873 del 12 de octubre de 1989, propiedad que además fue objeto de medida cautelar 0474 el 11 de septiembre de 2012 por el INCODER de Bogotá, con prohibición de enajenar derechos inscritos en el predio (Rad: 2012-6511).

Un año después del asalto violento y delictivo con intención y efecto de hurto de la casa lote, por parte de la Policía, el 1° de abril de 2005, y quizás acosada por un año de insistentes protestas y reclamos de Elidio, no sabemos cómo fue cooptado el INCODER para perpetrar otro delito que mirara a tapar el primer delito de hurto violento de la Policía, pues sin consultar (o consultando y haciendo caso omiso, lo cual es aún más grave) las matrículas inmobiliarias y sus certificados de tradición y libertad, sobre ese terreno que es propiedad privada titulada, el INCODER construyó un “baldío” ficticio y se lo adjudicó a Elidio Tuberquia Guerra y a su esposa Luz Enadis Lugo Franco, mediante Resolución 0144 del 28 de abril de 2006. Sobre esa base fraudulenta e ilegal, una vez muerto Elidio tras 18 meses en coma cerebral, realizaron una “adjudicación en sucesión” radicada en la Notaría 21 de Medellín el 17 de octubre de 2008 (Rad: 6719), a favor de la esposa de Elidio, Luz Enadis Lugo, y de su hijo, Nubar Elidio Tuberquia Lugo, acto en el cual “interviene”, según los documentos, ELIDIO TUBERQUIA GUERRA, quien había fallecido tres meses antes. Todo muestra que se trataba de trampas y fraudes preparatorios para que la viuda de Elidio y su hijo le “vendieran” esa “propiedad” (registrada en escritura fraudulenta No. 2852 de 10.10.08) a “La Nación-Policía Nacional”, registrando el fraude en la Notaría Única de Copacabana, Antioquia, el 20 de marzo de 2009.  

Esta sucesión de delitos, trampas, fraudes, hurtos, chantajes, ficciones, asaltos, falsificaciones, encubrimientos, atentados, prevaricatos y crímenes, constituyen apenas la base de los desacatos del gobierno a las sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado que prohíben ubicar puestos de policía y bases militares, en zonas de conflicto, en medio de la población civil. Infinidad de denuncias y peticiones elevadas ante el gobierno central no han recibido respuesta alguna. ¿Ante quién pueden sostener las autoridades colombianas que en Colombia existe un “Estado de Derecho”?  Sólo pueden hacerlo ante gente sumida en la ignorancia.

       El sábado 3 de octubre de 2015, nuevamente tres pobladores del corregimiento de San José, fueron interceptados a través de llamadas telefónicas por sujetos que se identificaron como paramilitares, prometiéndoles que usaran esos códigos ante los retenes con la policía y se darían cuenta que no les molestarían.

      El domingo 4 de octubre de 2015 se notó la presencia de efectivos del Ejército Nacional entre la vereda La Hoz y la vereda Mulatos del Corregimiento de San José de Apartadó, más exactamente sobre el río Mulatos, en el paraje de La Tequera. En esa misma semana los paramilitares perpetraron actos de violencia en la misma zona. La unidad de acción entre militares y paramilitares una vez más se revela como inocultable.

      El martes 6 de octubre de 2015, en horas de la noche se escucharon ráfagas y disparos de arma larga en el sitio conocido como Caraballo, en la vereda Aguas Frías, colindante con la vereda Arenas Bajas del Corregimiento de San José, según información de pobladores de la zona, un grupo de paramilitares cayeron en campo minado, dejando un saldo de heridos y muertos.

      El jueves 8 de octubre de 2015, hacia las 10:00 horas un grupo armado de alrededor de 40 hombres, quienes se identificaron como AGC (Autodefensas Gaitanistas de Colombia), retuvieron a varios campesinos en el sitio conocido como La Tequera, entre la vereda la Hoz y Mulatos, obligándoles a regresar a las viviendas, impidiéndoles el paso y prohibiéndoles realizar actividades laborales. Allí los paramilitares en forma airada anunciaron incursión contra pobladores de la zona y contra “esa HP de Comunidad de Paz”, como represalias por unas bajas que han sufrido en los recientes días en el área de Caraballo, manifestaron los violentos. Es de anotar que el pasado domingo (4 de octubre) había presencia del Ejército Nacional en esa misma zona.

·      Entre los días 14 al 16 de octubre del 2015, un grupo de paramilitares realizaron operaciones militares a todas sus anchas en la vereda Arenas Altas, asentamiento de la Comunidad de Paz; luego dichos paramilitares anunciaron y advirtieron a varios campesinos de la zona que por cada ‘paraco’ asesinado a manos de la guerrilla, los paramilitares asesinarían a cinco civiles.

·      El 17 de octubre de 2015, un grupo de paramilitares fuertemente armados llegaron a la vereda Playa Larga y se dirigieron a la vereda El Porvenir del Corregimiento de San José.

·      El 19 de octubre de 2015, un grupo de paramilitares llegó a la vivienda de un miembro de la Comunidad de Paz en la vereda Arenas Bajas, allí detuvieron al miembro de la Comunidad durante varios minutos, después de ello acamparon en su propiedad privada, mientras el grupo se dividía en dos y el segundo grupo se dirigió hacia la vereda Arenas Altas.

·      El 20 de octubre de 2015, en horas de la mañana, los paramilitares se dejaron ver en la propiedad de la señora Nolfa Sánchez, contigua a la vereda Arenas Altas, donde existe un asentamiento de la Comunidad de Paz.

·      Este mismo 20 de octubre de 2015, un grupo de miembros de la Comunidad de Paz, provenientes de  distintas veredas de la Comunidad y acompañados por organizaciones internacionales, se dirigieron a las veredas Arenas Altas y Arenas Bajas con el ánimo de acompañar a las familias que allí han sido sometidas al terror paramilitar. Allí se constató la presencia de los paramilitares.

       El sábado 24 de octubre de 2015, en el centro urbano del corregimiento de Nuevo Antioquia, municipio de Turbo, reconocidos paramilitares mostraron una lista de campesinos pobladores del corregimiento de San José de Apartadó, quienes han sido sentenciados a muerte por dichos agentes camuflados del Estado. Entre ellos se encuentran: CRISTÓBAL MESA; DIOFANOR VARGAS; ORLANDO VARGAS; JUAN BAUTISTA GUZMÁN; REINALDO CARDONA; ARGEMIRO GIRALDO; PEDRO VARGAS; EMIRO HIGUITA; JUAN CELADA. En dicha lista se encuentra también el miembro de la Comunidad de Paz, residente en la vereda La Esperanza, MIGUEL GRACIANO.

       El domingo 25 de octubre de 2005, hacia las 14:00 horas, en el área urbana de San José de Apartadó fueron ilegal y arbitrariamente detenidos tres reconocidos campesinos de la región: NORBEY GÓEZ, JUAN CELADA y REINALDO AREIZA, quienes luego fueron señalados por las emisoras locales como “guerrilleros pertenecientes al Frente Quinto de las FARC”. Tales detenciones se produjeron en medio de una redada contra la población civil local, utilizando el libreto del montaje judicial con participación de la fuerza militar y en el contexto de la jornada electoral.

       El mismo domingo 25 de octubre de 2015, en horas de la mañana, un contingente de paramilitares hizo presencia en la vereda Arenas Bajas.

       El lunes 26 de octubre de 2015, hacia las 07:00 horas, tropas paramilitares ingresaron a la propiedad privada de un miembro de la Comunidad de Paz en la vereda Arenas Bajas.

       El mismo lunes 26 de octubre de 2015, en horas de la mañana, varias emisoras locales señalaron a los civiles retenidos el día anterior en el caserío de San José, como guerrilleros pertenecientes al Frente Quinto de las FARC, acusaciones infundadas e infames que se inscriben en la cadena de crímenes y estigmatizaciones contra la población de la zona, dentro de la larga lista de montajes confeccionados con los métodos más perversos en la brigada 17, la cual cuenta con la complicidad del aparato judicial.

       El martes 27 de octubre de 2015, hacia las 06:00 horas, contingentes paramilitares hicieron presencia en la finca Los Arteagas de la vereda La Esperanza de San José de Apartadó, aledaña al asentamiento de la Comunidad de Paz en dicha vereda. Allí los paramilitares mostraron una lista de civiles de la región sentenciados a muerte por ellos. En dicha lista aparecen nuevamente: CRISTÓBAL MESA; DIOFANOR VARGAS; ORLANDO VARGAS; JUAN BAUTISTA GUZMÁN (hermano de ERNESTO GUZMÁN, asesinado hace pocos días por los mismos victimarios); REINALDO CARDONA; ARGEMIRO GIRALDO; PEDRO VARGAS; EMIRO HIGUITA y MIGUEL GRACIANO, este último integrante de la Comunidad de Paz y coordinador de la misma en la vereda La Esperanza.

       El mismo martes 27 de octubre de 2015, los paramilitares acamparon en los predios privados de integrantes de la Comunidad de Paz.

           El martes 27 de octubre de 2015, en la vereda Arenas Bajas, la Comunidad de Paz fue testigo de la presencia paramilitar, pues los confrontaron y les exigieron que se retiraran de los espacios privados de la Comunidad. Allí, los paramilitares afirmaron que tenían conocimiento de que toda la población civil de la región colabora con la guerrilla y que ellos están allí para recuperar la zona y perseguir a la guerrilla, incluyendo a todos los colaboradores civiles, a sangre y fuego.

       El miércoles 28 de octubre de 2015, hacia las 07:00 horas, nuevos contingentes paramilitares arribaron al paraje conocido como “El Filo de los Ratones”, situado entre las veredas La Esperanza y Arenas Altas, de San José de Apartadó. Dichos paramilitares anunciaron que están desarrollando un operativo en coordinación con la fuerza pública, cuyo fin es asesinar a varios pobladores de la zona, consignados en una lista.

       Este mismo miércoles 28 de octubre de 2015, un grupo de familias de la Comunidad de Paz, que se habían trasladado desde varios asentamientos de la Comunidad el día anterior, al predio privado de EFRAÍN ÚSUGA, en la vereda Arenas Bajas, fueron sorprendidas por la presencia de los paramilitares en dicho predio. La comunidad les exigió que se retiraran de allí, a lo que los paramilitares enfurecidos se negaron. Esta situación llevó a que los acompañantes internacionales que hacían presencia allí, se retiraran del sitio ante la agresividad extrema de los paramilitares, pues temieron por su seguridad, quedando aún más desprotegidas las familias de la Comunidad de Paz.

·      En los últimos días de octubre de 2015, varias familias campesinas de las veredas Aguas Frías, Arenas, La Hoz, La Esperanza y Mulatos,  han manifestado su preocupación ante las amenazas de muerte que los paramilitares han lanzado contra la población civil. Por ello las familias están en riesgo de desplazarse a causa de las amenazas de aniquilamiento. 

En los últimos días de octubre de 2015 fue también notoria la fuerte presencia militar en las veredas de Mulatos-Cabecera y La Resbalosa, incluyendo La Hoz, del corregimiento de San José. En la misma zona patrullan las huestes paramilitares bajo la protección del Ejército Nacional, quienes en total descaro y ante la población del entorno crean una cortina de protección para que los paramilitares incursionen en las veredas y amenacen a los pobladores.

         El lunes 2 de noviembre de 2015, miembros de la comunidad se trasladaron a la vereda La Esperanza para acompañar a las familias. Allí se percataron de la llegada masiva de familias habitantes de la misma vereda que se desplazaban para reubicarse junto al Centro de Salud y la Escuela, por temor a ser asesinados, ante la inminente amenaza y terror que vienen imponiendo los paramilitares en la zona. Bajo condiciones económicas difíciles, las familias intentan construir humildes cambuches para pasar la noche allí antes que ser asesinados.

         El martes 3 de noviembre de 2015, a través de los medios de comunicación local, el Coronel GERMÁN ROJAS, comandante de la brigada 17, de nuevo se ensañó contra la Comunidad de Paz, esta vez acusándola de ser “mentirosa” y de estar engañando a la opinión pública en relación a la presencia paramilitar en la región, pues, según él, “no hay paramilitares” –aunque la población los vea y los sufra- o “ya están controlados”, y “los que existen no representan amenazas para nadie”. De nuevo amenaza con judicializar y enviar a la cárcel a miembros de la Comunidad por no guardar silencio ante el horror.

         El miércoles 4 de noviembre de 2015, miembros de una misión humanitaria compuesta por la Defensoría del Pueblo, entre otras instituciones, al cruzar por el sitio conocido como La Escuela, en la vereda Playa Larga, entre las veredas La Esperanza y el casco urbano de Nuevo Antioquia, evidenciaron cómo un grupo de varios paramilitares vestidos de civil huían ante la presencia de la delegación institucional.

         El sábado 7 de noviembre de 2015, en horas de la noche, en el casco urbano de San José de Apartadó, fue asesinado el campesino ALBEIRO TUBERQUIA, habitante  del corregimiento de San José, en presencia de la Policía y de efectivos militares de la Base de San José de Apartadó. Así las cosas, no se justifica la presencia militar y policial por cuanto no pueden siquiera defender la vida en un poblado tan diminuto.

         El sábado 7 de noviembre de 2015, un grupo de miembros de la Comunidad de Paz con campesinos de la región y acompañantes internacionales, se trasladaron a la vereda Rodoxalí.  Al paso por la vereda La Hoz, más exactamente en la propiedad que los paramilitares le arrebataron a un campesino, se evidenció la presencia de paramilitares con trajes de civil portando armas. De igual forma al llegar a Rodoxalí, varios reconocidos paramilitares, al notar la presencia de la Comunidad, emprendieron la huida.

         Este mismo sábado 7 de noviembre de 2015, en la vereda La Cristalina,  hicieron presencia en la vivienda de varios campesinos dos sujetos vestidos de civil portando armas cortas y preguntando por el paradero de varios campesinos de la región.

         El lunes 9 de noviembre de 2015, en horas de la mañana, en la vereda La Unión, asentamiento de la Comunidad de Paz, hicieron presencia tropas militares, quienes violando el derecho a la propiedad privada invadieron los espacios privados acampando en dicho lugar.

         El miércoles 11 de noviembre de 2015, hacia las 4:00 horas, sujetos de civil los cuales se movilizaban en motocicleta dejaron en varias viviendas en San Josecito, y luego en el centro poblado de San José, pasquines alusivos a los paramilitares o Autodefensas Gaitanistas de Colombia, a pesar de la fuerte presencia militar y policial en el casco urbano de San José.

Le reitero, además, Señor Presidente, las peticiones aún no atendidas y otras adicionales que se fundan en las últimas actuaciones criminales de sus subalternos, en flagrante desacato a la Corte Constitucional, que se sustentan en la parte resolutiva de la Sentencia T-1025/07:

  • Suministrarme  los  nombres   de  los  integrantes  del  Estado  Mayor  y  de  las
    direcciones de operaciones y de inteligencia de las brigadas XI y XVII durante los
    últimos 10 años.
  • Suministrarme los nombres de los oficiales que han tenido el mando de las bases o
    unidades  militares   y  policiales   acantonadas   en  el  corregimiento   de  Nuevo
    Antioquia, municipio de Turbo, durante los últimos ocho años, con sus códigos
    militares.
  • Suministrarme el nombre completo, código militar, unidad de pertenencia y línea
    de mando del Superintendente García, supuestamente adscrito a la base militar de Nuevo Antioquia en 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando de los miembros del Ejército y la Policía presentes en el caserío de San José de Apartadó los días: 11 de diciembre de 2011; 13 de marzo de 2012 y más específicamente identificar al militar que este día disparó contra la humanidad  de John Freddy Úsuga; y entre el 27 y el 30 de mayo de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar presente en el retén de Caracolí los días 15 de diciembre de 2011 y 11 de enero de 20012.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda Mulatos de San José de Apartadó los días 28 de enero de 2012; 2 de febrero de 2012; 10 de febrero de 2012 y 20 de febrero de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial presente en la vereda La Cristalina de San José de Apartadó, los días 31 de enero de 2012 y 7 de febrero de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que sostuvo un combate con la guerrilla en la vereda Arenas Bajas el 20 de febrero de 2012 en medio del cual fue asesinada la civil discapacitada Marlobe David Sánchez.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que llegó en helicópteros a la vereda Las Nieves de San José de Apartadó el 24 de julio de 2012.
  • Exigirle al Coronel Javier Eduardo Vallejos, Comandante de la Brigada XVII, reparación de sus calumnias contra la Comunidad de Paz o demostrar que las pequeñas   donaciones   que  la  Comunidad   recibe   de  grupos   solidarios  están condicionadas a denuncias que la Comunidad realice contra instituciones del Estado, así como probar al mismo tiempo que los crímenes denunciados por la Comunidad son falsos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hicieron presencia el 7 de agosto de 2012 en la vereda La Resbalosa y que sostuvieron un supuesto combate con insurgentes en el que murió un supuesto guerrillero.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hicieron presencia en la vereda La Unión, de San José de Apartadó, el día 14 de agosto de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hicieron presencia en el cerro Chontalito, de San José de Apartadó (entre las veredas Buenos Aires y Mulatos) el día 15 de agosto de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hicieron presencia entre las veredas La Unión y Las Nieves, de San José de Apartadó, el día 18 de agosto de 2012, entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros de la Policía motorizada de la ciudad de Apartadó que condujeron al comando a Germán Graciano el 28 de agosto de 2012 en coordinación con personas en trajes de civil quienes intentaron identificarlo en presencia de la Policía luego de hacerle seguimientos por la ciudad.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros de la Policía que mantuvieron un retén en el sitio «La Cabaña» de Apartadó el 29 de agosto de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hicieron presencia en la vereda La Unión, de San José de Apartadó, el 30 de agosto de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas  de mando,  de los miembros  del ejército  que hacían presencia en el corregimiento de Piedras Blancas, del municipio de Carepa, el 31 de agosto de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros de la Policía que hacían presencia en el retén del barrio Mangolo, de Apartadó, el 5 de septiembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hacían presencia en el corregimiento de Piedras Blancas, del municipio de Carepa, el 5 de septiembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros de la Policía que hacían presencia en un retén ubicado entre la ciudad de Santa Fe de Antioquia y el municipio de Cañasgordas, en la noche del 6 de septiembre de 2012. Aunque en este caso la Policía ha enviado una abundante documentación sobre puestos de control en la zona, no es creíble que un atraco a tan poco distancia ni siquiera haya sido registrado.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hacían presencia en la base militar de San José de Apartadó (junto al centro urbano del corregimiento) el 13 de septiembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hacían presencia de patrullaje en la vereda Miramar, de San José de Apartadó, el 19 de septiembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército y de la policía que hacían presencia en el centro urbano de San José de Apartadó el 27 de septiembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hicieron presencia a la entrada de la finca privada La Holandita de San José de Apartadó, el 3 de octubre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que hacían presencia en la base militar de San José de Apartadó, junto a su centro urbano, el 4 de octubre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército que dirigían la emisora del ejército en Apartadó el 4 de octubre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército y de la policía que hacían presencia en el centro urbano de San José de Apartadó el 6 de octubre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando, de los miembros del ejército o de la policía, presentes en el caserío de San José de Apartadó, quienes el 12 de octubre de 2012 ingresaron a la vivienda del Señor Jorge Bedoya.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando de los oficiales de la Brigada XVII a cuya responsabilidad estaba asignada la protección de los pobladores de las veredas El Porvenir, La Esperanza y Caraballo, entre 1° y el 16 de diciembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando de quienes comandaban e integraban las unidades militares que llegaron en dos helicópteros a la vereda La Esperanza el 29 de diciembre de 2012.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en la base militar del centro urbano de San José de Apartadó el 6 de enero de 2013 en horas de la noche.
  • Informarme sobre la relación con la fuerza pública del supuesto desmovilizado «Santiago Giraldo», así como del usuario del celular 311-3422998.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que fumigó los cultivos de pan-coger de la vereda La Resbalosa el 17 de enero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar de la Brigada XI a cuya responsabilidad estaba asignada la protección de los pobladores de la vereda El Manso del municipio de Tierralta, Córdoba, el 17 de enero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando  de los integrantes  de las patrullas militares y auxiliares civiles  que patrullaron la vereda Rodoxalí durante las semanas segunda y tercera de enero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar a cuyo mando y coordinación han estado y están los hermanos Cardona Borja, paramilitares residenciados en la Brigada XVII del Ejército.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la vereda Miramar y cercanías de la vereda La Cristalina, entre el 25 y 26 de enero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la base militar de San José de Apartadó el miércoles 30 de enero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando de los integrantes de la Brigada Móvil No. 24 que el viernes 1° de febrero de 2013 se encontraban en cercanías de la vereda Arenas Bajas de San José de Apartadó y que el día 2 de febrero ingresaron a la vivienda de la Señora Nolfa Sánchez en la misma vereda, en el punto conocido como La Máquina.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que se encontraba en el centro urbano de San José de Apartadó el viernes 8 de febrero y el domingo 10 de febrero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que en la semana del 11 al 16 de febrero de 2013 se encontraba en el corregimiento de Nuevo Antioquia, en el corregimiento de Piedras Blancas y en la vereda de Zunguito.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que condujo los helicópteros militares que hicieron presencia en cercanías del centro urbano de San José de Apartadó el jueves 14 de febrero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en el corregimiento de Piedras Blancas del municipio de Carepa el martes 19 de febrero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en el corregimiento de Nuevo Antioquia entre el 21 y 23 de febrero de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal de la Brigada Móvil No. 24 que el 26 de febrero de 2013 hizo presencia en la vereda La Esperanza, en los espacios de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal de la Policía Anti Narcóticos que ha estado fumigando (febrero de 2013) las veredas de La Resbalosa, Mulatos y Las Nieves.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que el 6 de marzo de 2013 a las 04:00 horas de la madrugada allanó ilegalmente la humilde vivienda de Alfredis Rivas en la vereda La Linda de San José de Apartadó y que luego provocó un combate en medio de la población civil poniendo a ésta en alto riesgo.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la vereda La Hoz el viernes 8 de marzo de 2013, quienes se enfrentaron con un grupo paramilitar dando de baja a varios de ellos pero considerando todo esto un «error» y dejando sin decomisar el armamento que ellos tenían y sin investigar las identidades de los occisos.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que estableció un retén en cercanías del aeropuerto de Carepa , en horas de la mañana, el lunes 11 de marzo de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la base militar del centro urbano de San José de Apartadó el viernes 15 de marzo de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en el corregimiento de Piedras Blancas, municipio de Carepa y en cercanías de la vereda Miramar de San José de Apartadó, el miércoles 27 de marzo de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en el corregimiento de Nuevo Antioquia el viernes 29 de marzo de 2013 y particularmente del personal militar a cuyo servicio se encuentran los paramilitares Leider Osorio David, alias «Tribilín», y José Adelmo Osorno, alias «Panelo».
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que el 1° de abril de 2013 detuvo ilegalmente en Apartadó a Julio Guisao, miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la vereda La Sucia el jueves 4 de abril de 2013 y que provocó un enfrentamiento junto a la vivienda de la Familia Flórez causándole daños.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que el jueves 4 de abril de 2013 detuvo ilegal y arbitrariamente en Apartadó a Germán Graciano, Representante Legal, y a Julio Guisao, miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en el centro urbano de San José de Apartadó el 5 de abril de 2013 quienes tomaron como suyo el centro de formación que allí existe, construido por la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la vereda La Hoz el viernes 5 de abril de 2013 practicando detenciones ilegales y arbitrarias.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que los días 5 y 6 de abril de 2013 invadieron los lugares de trabajo de familias de la Comunidad de Paz del asentamiento de San Josecito impidiéndoles trabajar en sus labores agrícolas de subsistencia.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba entre San Josecito y San José de Apartadó el 6 de abril de 2013 hacia las 18:30 horas, quienes retuvieron ilegal y arbitrariamente al Representante Legal de la Comunidad de Paz y profirieron amenazas e insultos contra la Comunidad.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en inmediaciones de la vereda La Sucia donde fue asesinado el joven campesino Agustín Mora Sucerquia el sábado 6 de abril de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en cercanías del estadero Caracolí, sobre la carretera que de Apartadó conduce a San José, quienes ejecutaron al joven campesino Carlos Andrés Torres Borja el 9 de abril de 2013 hacia las 16:45 horas.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba en la vereda Arenas Altas el martes 9 de abril de 2013 y que presentaron combate en predios de viviendas y cultivos de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba el 13 de abril de 2013 en la vereda Arenas Bajas o en sus cercanías.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se encontraba el 16 de abril de 2013 en la vereda Arenas Altas, al parecer de la Brigada Móvil 24, quienes confesaron ser amigos y departir continuamente con el reconocido paramilitar Dairo de Jesús Rodríguez alias «Lalo» en el centro urbano de San José de Apartadó durante varios años y que este día practicaron detenciones ilegales, malos tratos y amenazas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal que se encontraba en la vereda La Linda de San José de Apartadó el 19 de abril de 2013 en compañía de paramilitares y practicando detenciones ilegales y afrentas y amenazas a los pobladores.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que irrumpió en la Aldea de Paz Luis Eduardo Guerra de la vereda Mulatos de San José de Apartadó el 21 de abril de 2013, violando propiedades privadas, impidiendo el trabajo de supervivencia de los pobladores y realizando amenazas, detenciones ilegales y chantajes.
  • Suministrarme los nombres de los miembros del Estado Mayor y Dirección Operacional de las Brigadas XVII y Móvil 24 en el año 2013, quienes a todas luces han tolerado, permitido y avalado la presencia de grupos criminales paramilitares de cuya coordinación con el ejército no queda duda alguna.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando de los miembros del personal militar que hizo presencia en la vereda La Linda de San José de Apartadó el 19 de abril de 2013 y que en los días posteriores se comunicó repetidas veces, vía telefónica, con el campesino William Cardona.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda La Linda de San José de Apartadó el día 23 de abril de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia el 5 de mayo de 2013 en la vereda La Osa del corregimiento de Tierralta, municipio de Tierralta, Córdoba, quienes asesinaron al campesino Manuel Enrique Martínez Cardona.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando de los miembros de la Policía Nacional adscritos al comando de Apartadó y a los policías de civil o colaboradores civiles de dicho comando quienes privaron ilegal y arbitrariamente de su libertad a la Sra. Laura Serna y Elvia María Cataño y las sometieron a otros procedimientos ilegales el 14 de mayo de 2013 y les quitaron sus documentos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en la carretera entre Apartadó y San José de Apartadó el domingo 19 de mayo de 2013, trayecto en el cual fue interceptado un vehículo de servicio público y retenido, amenazado y llevado con intenciones de asesinarlo, el campesino Ángel Eusebio Graciano.
  • Suministrarme el nombre completo, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del SUBINTENDENTE HERNÉNDEZ, de la Policía, quien hacía presencia en el aeropuerto de Carepa el 19 de mayo de 2013 empadronando a la gente en flagrante violación de preceptos explícitos de la Corte Constitucional y respondiéndole a sus víctimas que no obedecía a la Corte Constitucional porque la Policía podía «hacer lo que le dé la gana» sin someterse a las leyes.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se enfrentó en combate con un grupo guerrillero el 23 de mayo de 2013 en el sitio El Barro de la vereda Mulatos de San José de Apartadó, tomando como trinchera la vivienda de una familia civil, perpetrando   así   el  crimen   de   guerra   de   Escudo,   proscrito   en  el   Derecho Internacional Humanitario.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que detuvo ilegal y arbitrariamente al menor de edad EDILBERTO TUBERQUIA, de la Comunidad de Paz, el 25 de mayo de 2013 en la vereda Mulatos, sometiéndolo a insultos y amenazas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 27 de mayo de 2013 ocupó una propiedad privada en la vereda La Unión y que el mismo día se enfrentó con un grupo guerrillero junto a otra vivienda de civiles en la vereda Las Claras, cercana a La Unión, poniendo en alto riesgo a la familia.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando de los agentes de la Policía que hacían presencia en el aeropuerto de Carepa el lunes 27 de mayo de 2013 a las 14:50 horas, quienes trataron de empadronar   ilegalmente,   en   flagrante   violación   de   normas   de   la   Corte Constitucional, a JESÚS EMILIO TUBERQUIA, integrante del Consejo Interno de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal de la Policía que hacía presencia en el aeropuerto de Carepa el 28 de mayo de 2013 a las 8:40 horas, quienes trataron de empadronar ilegalmente, en abierta violación de normas de la Corte Constitucional, a ARLEY TUBERQUIA, miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal de la Policía que el 30 de mayo de 2013 a las 15:00 horas interceptó a los 32 delegados de la Comunidad de Paz que regresaban de Bogotá donde el día anterior el Presidente Santos había anunciado que haría la retractación de las calumnias contra la Comunidad de Paz proferidas por el anterior   Presidente,   acto   que   fue   incumplido.   Los   policías  sometieron   a interrogatorios y requisas a los delegados.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se enfrentó con un grupo de guerrilleros el 30 de mayo de 2013 a las 14:00 horas entre las veredas La Esperanza y Mulatos de San José de Apartadó, haciendo blanco de sus disparos la casa del campesino REINALDO CARDONA, la cual quedó casi destruida, sin reparar que la familia y sus niños se encontraban en su interior.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que ingresó ilegal y abusivamente a la propiedad privada Aldea de Paz, de la vereda Mulatos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 3 de junio de 2013 hizo presencia en la vereda La Unión y violó propiedades privadas afirmando explícitamente que no les importan las leyes.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que acampó en la vereda La Esperanza de San José de Apartadó del 1 al 4 de junio de 2013 violando espacios privados de vida y trabajo.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda Mulatos el 5 de   junio   de   2013   que   retuvieron   ilegal   y   arbitrariamente   a   BERNARDO SEPÚLVEDA, integrante de la Comunidad de Paz y anunciaron nuevas acciones ilegales contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar acantonado en la base militar del centro urbano de San José de Apartadó el 7 de junio de 2013 que disparó proyectiles contra las aulas de la escuela del lugar en medio de un enfrentamiento con la guerrilla y que profirió amenazas contra la población civil del caserío ese mismo día.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el centro urbano de San José de Apartadó el 8 de junio de 2013 que amenazó de muerte al campesino JUAN SÁNCHEZ mientras atravesaba a caballo el caserío.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda Mulatos de San José de Apartadó el 9 de junio de 2013 quienes retuvieron ilegalmente al campesino RAMÓN ISIDRO GUERRA, intentaron robarle su mula, lo amenazaron y anunciaron nuevas agresiones contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se coordinó estrechamente con los grupos paramilitares para rescatar las mulas que la guerrilla le robó a los paramilitares y que proclamaron el 10 y 11 de junio en varias veredas que estaban unidos para rescatar las mulas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el centro urbano de San José de Apartadó el 15 de junio de 2013 el cual retuvo ilegal y arbitrariamente a LUIS ALBERTO CORREA BORJA.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 13 de julio de 2013 ocupó ilegal y abusivamente la vivienda de un miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz en la vereda La Unión.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que el 22 de julio fumigó y destruyó criminalmente los cultivos de pancoger de la Comunidad de Paz en las veredas Mulatos y La Resbalosa, envenenando las aguas de consumo cotidiano.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda La Cristalina de San José de Apartadó el 27 de julio de 2013 obligando a desplazarse a una familia del lugar bajo amenazas de muerte.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando de los miembros de la Policía que hacían presencia en un retén sobre la carretera entre San José y Apartadó el 29 de julio de 2013 a las 15:20 horas, quienes retuvieron a JOHN FREDDY ÚSUGA y lo amenazaron con una falsa orden de captura.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda Arenas Altas de San José de Apartadó el 16 de agosto de 2013, quienes apoyaron un censo y empadronamiento ilegal llevado adelante por los paramilitares.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda La Resbalosa entre el 20 y 25 de agosto de 2013 ingresando ilegalmente a espacios privados de las familias de la Comunidad de Paz, forzando un empadronamiento ilegal y afirmando que no obedecen las leyes sino que hacen lo que les venga en gana, negándose a retirarse de los espacios privados ante peticiones de comisiones de la Comunidad de Paz que se trasladaron al lugar.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 21 de agosto retuvo ilegalmente al campesino FILINARDO QUINTERO entre las veredas La Unión y Arenas Altas, amenazándolo y anunciando que los paramilitares venían detrás para atentar contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que llegó en helicóptero a la vereda Arenas Altas el 26 de agosto en una evidente coordinación logística con los militares que hacían presencia allí mismo desde días antes.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que bombardeó una zona de la vereda La Linda el 31 de agosto de 2013, sin reparar en la presencia de población civil.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en la vereda La Hoz de San José de Apartadó el 31 de agosto de 2013, cuando paramilitares desaparecieron forzadamente al joven BUENAVENTURA HOYOS HERNÁNDEZ de 18 años, estando los militares a pocos metros del lugar donde los paramilitares cometieron numerosas vejaciones, obligaron a la mayoría de las familias a desplazarse y saquearon todas las viviendas robando enseres y animales domésticos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda La Resbalosa de San José de Apartadó el 31 de agosto de 2013, reteniendo ilegalmente al campesino WALTER DAVID y profiriendo amenazas contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que rodeó el asentamiento de San Josecito de la Comunidad de Paz en la madrugada del 1 de septiembre de 2013.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el centro urbano de San José el 5 de septiembre de 2013, el cual se enfrentó con la guerrilla en medio de la población civil en momentos en que atravesaba por el poblado una Comisión Humanitaria   de   la   Comunidad   de   Paz   con  acompañamiento   internacional, poniendo en alto riesgo la vida de los miembros de la Comisión y de los pobladores del caserío quienes fueron blancos de impactos a dos metros de distancia, estando previamente anunciado a la comandancia de la Brigada el paso de la Comisión.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que hacía presencia en el caserío de San José el 10 de septiembre de 2013 quienes retuvieron e intentaron ilegalmente empadronar al miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz GILDARDO TUBERQUIA.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en la vereda La Resbalosa de San José de Apartadó el 11 de septiembre de 2013 quienes retuvieron ilegalmente y amenazaron al integrante de la Comunidad de Paz URÍAS GUISAO, anunciando nuevas agresiones y crímenes contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial encargado de la seguridad de la carretera que une a San José con Apartadó en la jornada del 15 de septiembre de 2013, quienes permitieron que en el sitio Tierra Amarilla, multitud de veces denunciado por la presencia allí de estructuras paramilitares, paramilitares amenazaran a los ocupantes de los vehículos anunciando que quienes participaran en la marcha campesina del día siguiente serían asesinados.
  • Suministrarme los nombres y códigos institucionales de los oficiales responsables del comando de las Brigadas 17, 11 y Móvil 24, en cuyas jurisdicciones se han movido durante el año 2013 con plena libertad grandes contingentes de paramilitares, quienes en repetidas ocasiones le han asegurado al campesinado que todo lo tienen coordinado con el ejército y que mutuamente se comunican sus rutas de desplazamiento por la zona, manteniendo grandes bases paramilitares de público conocimiento en Nuevo Antioquia, Playa Larga, Sabaleta, Los Mandarinos, Piedras Blancas, Batata y otras sin que haya el más mínimo intento de represión y control contra dichos grupos ilegales.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que en la noche del 17 de septiembre de 2013 ingresó ilegalmente a la hacienda privada de San Josecito, de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 18 de septiembre de 2013 a las 5:00 horas del amanecer interceptó y detuvo a miembros de la Comunidad de Paz que se dirigían a Apartadó.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que realizó un montaje a la entrada del asentamiento de San Josecito el 18 de septiembre de 2013, sacando fusiles de costales que portaban y fotografiándolos a la entrada del asentamiento, entregándoselas a un sujeto con prendas militares sin insignias de identificación.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar encargado de la seguridad de las veredas La Nieves, La Esperanza y La Unión el 20 de septiembre de 2013, permitiendo que los paramilitares hicieran retenes, detuvieran a miembros de la Comunidad y a otros campesinos, los ultrajaran y anunciaran masacres y otros atropellos, llevándose consigo al campesino REINALDO CARDONA, fotografiándolo y anunciándole que está en una lista de gente para asesinar.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial encargado de la seguridad de la vereda Caño Seco de San José de Apartadó el 20 de septiembre de 2013, quienes permitieron que los paramilitares incursionaran allí para presionar a los campesinos a presentarse ante sus jefes en la base paramilitar de Piedras Blancas, ampliamente conocida, tolerada y apoyada por la Brigada XVII, hasta el punto que con los paramilitares iban los hermanos Ovidio, Albeiro y Lubín Cardona Borja, domiciliados en la Brigada por largo tiempo y entregados al Ejército desde diciembre de 2005, aceptando perpetrar masacres y otros crímenes con el personal militar.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que permaneció entre el 15 y el 22 de septiembre de 2013 en el área del asentamiento de San Josecito violando la propiedad privada y dañando los cultivos comunitarios y negándose a retirarse por estar supuestamente «cumpliendo órdenes superiores».
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que detuvo al miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz el 22 de septiembre de 2013 en la vereda Chontalito, acusándolo falsamente de llevar remesas para la guerrilla.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar encargado de la seguridad de la vereda La Esperanza de San José de Apartadó el 23 de septiembre de 2013, quienes permitieron que los paramilitares ocuparan viviendas de la Comunidad de Paz para dormir y afirmaran con toda seguridad ante los campesinos del entorno que ellos actuaban en plena coordinación con la fuerza pública.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que hacía presencia en el caserío de San José y en la carretera que de Apartadó conduce a San José el 28 de septiembre de 2013, quienes permitieron que paramilitares armados y motorizados ingresaran al asentamiento de San Josecito y al caserío de San José a repartir volantes de su organización durante la noche.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar encargado de la seguridad de las veredas Rodoxaly, Sabaleta, las Flores y Las Monas, quienes permitieron que los paramilitares repartieran volantes de su organización sin ser molestados.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar del Batallón Vélez que hacía presencia en la vereda La Hoz de San José de Apartadó y que fueron cómplices, junto con los paramilitares, de la desaparición forzada del joven BUENAVENTURA HOYOSHERNÁNDEZ, así como del saqueo y pillaje de las viviendas de dicho asentamiento y del desplazamiento forzado de varias familias allí residentes.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que hace presencia en el poblado de Nuevo Antioquia, de Turbo, quienes toleran la presencia de reconocidos paramilitares que se pasean por el poblado, como lo pudo comprobar la peregrinación de 150 personas que llegó allí el 6 de octubre de 2013, y del personal militar del Batallón Vélez que hacía presencia en la vereda La Hoz el 8 de octubre de 2013, quienes dormían a pocos metros de los paramilitares y sin embargo negaban haberlos visto.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que los días 10 y 11 de octubre de 2013 sobrevolaron en helicópteros la zona de San José de Apartadó lanzando volantes con falsas acusaciones a campesinos para justificar por anticipado su captura o su muerte como «falsos positivos».
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal que se hallaba el 12 de octubre de 2013 en la finca de la familia Molina de la vereda La Hoz de San José de Apartadó, quienes reprimieron y amenazaron con represalias a un soldado que se atrevió a reconocer el apoyo del ejército a los paramilitares.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que entre el 28 y el 30 de octubre de 2013 ocuparon las entradas y bordes del asentamiento de San Josecito de la Comunidad de Paz, perturbando las actividades de subsistencia y poniendo en riesgo de ataque de fuerzas contrarias a la población civil.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar encargado de la seguridad de la vereda Arenas Bajas de San José de Apartadó el 13 de noviembre de 2013, quienes permitieron la presencia violenta y amenazante de los paramilitares allí.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial encargado de la seguridad de la vereda Arenas Altas y Pueblo Galleta, del corregimiento de Currulao y el área urbana de Turbo, el 18 de noviembre de 2013, quienes permitieron que los paramilitares se llevaran a 6 menores y un adulto, estando 5 de los menores armados por la guerrilla, delegando en los paramilitares abiertamente sus tareas contrainsurgentes y permitiendo además que las familias de los menores y algunas instituciones del Estado se dejaran escoltar por camionetas y otros vehículos de los paramilitares hasta el sitio Pueblo Galleta donde los entregaron y de allí hasta Currulao y Turbo, dejándole la policía el campo libre a los paramilitares en Turbo para que amenazaran de nuevo a los menores y a sus familias y las ultrajaran.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia entre el 17 y 19 de noviembre de 2013 en las veredas Mulatos y La Resbalosa, quienes se presentaron ante los campesinos alternativamente como militares y como paramilitares.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial encargado de la seguridad del corregimiento de Nuevo Antioquia de Turbo, quienes permitieron que los reconocidísimos líderes paramilitares que se pasean diariamente por el caserío, reunieran gente y anunciaran la comisión próxima de diversos crímenes contra miembros de la Comunidad de Paz, pobladores de diversas veredas de San José de Apartadó.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que se hallaba en la estación localizada frente al cementerio de San José el 21 de diciembre de 2013 hacia las 10:00 horas, quienes desde su búnker filmaron a los participantes en una ceremonia religiosa que se ofició en el cementerio del corregimiento.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial encargado de la seguridad de la carretera entre Apartadó y San José el 8 de enero de 2014 a las 14:15 horas, quienes permitieron que los paramilitares portando armas detuvieran un vehículo a la altura de Tierra Amarilla, donde buscaban al Representante Legal de la Comunidad de Paz para asesinarlo.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar encargado de la seguridad de la vereda Bellavista el 12 de enero de 2014, quienes permitieron el ingreso de 23 paramilitares, entre ellos los hermanos Cardona Borja demasiado familiarizados con la Brigada XVII puesto que han estado domiciliados allí por largos períodos y se han desplazado con los militares perpetrando crímenes en muchos sitios, llegaran a las 3 de la madrugada a amenazar a los pobladores.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el caserío de San José el 15 de enero de 2014 quienes detuvieron ilegal y arbitrariamente a HUBER AREIZA de la Comunidad de Paz alegando una falsa orden de captura.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que hacía presencia en el área urbana de Nuevo Antioquia el 16 de enero de 2014 quienes permitieron que los paramilitares que viven allí con su tolerancia y apoyo, anunciaran nuevas masacres contra la Comunidad de Paz, reiterando una vez más su total coordinación para ello con la fuerza pública.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 25 de enero de 2014 ingresó abusivamente a predios privados de la Comunidad de Paz en la vereda Mulatos a robar los productos de pan-coger de las familias.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar encargado de la seguridad de la vereda Playa Larga de San José de Apartadó el 28 de enero de 2014, donde fueron vistos numerosos paramilitares armados recorriendo la zona.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en la vereda La Unión el 2 de febrero de 2014, quienes dispararon e hicieron estallar explosivos junto a los sitios de cultivos de la Comunidad de Paz, bloqueando el trabajo agrícola de subsistencia.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial encargado de la seguridad de la carretera entre Apartadó y San José en la primera semana de febrero, quienes permitieron la presencia en Caracolí y La Victoria del reconocido paramilitar Apolinar Guerra, en ocasiones escoltado.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que ocupó abusivamente un predio privado en la vereda Mulatos donde la Comunidad de Paz tiene cultivos, el 4 de febrero de 2014, con el fin de construir un helipuerto y un campamento, desafiando de manera altanera y amenazante la protesta de la Comunidad y robando luego productos al salir.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el caserío de San José el 5 de febrero de 2014 cuando estalló un artefacto que afectó a miembros del ejército, quienes anunciaron vengarse en la Comunidad de Paz mediante acciones de los paramilitares, reiterando una vez más que ejército y paramilitares trabajan juntos y anunciando nuevamente el exterminio de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que hacía presencia en el caserío de San José el 8 de febrero de 2014, quienes detuvieron ilegal y arbitrariamente a HUBER AREIZA, trataron de empadronarlo, luego negaron tenerlo detenido y minutos después lo volvieron a detener sometiéndolo a procedimientos ilegales y abusivos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en San José el 13 de febrero de 2014 quienes abordaron a DIANA HIGUITA y le mostraron fotos de su compañero aduciendo una falsa orden de captura ofreciéndole prebendas si trabaja con ellos como informante.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 14 de febrero de 2014 hicieron presencia en la vereda La Unión y realizaron pillajes a viviendas de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda Bellavista de San José de Apartadó el 14 de febrero de 2014 deteniendo abusivamente a un campesino a quien amenazaron y ultrajaron hasta que la comunidad se levantó a exigirles poner fin a su delito.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que 21 de febrero de 2014 invadió los alrededores del asentamiento de San Josecito aprovechando la ausencia de la mayoría de sus pobladores, quienes conmemoraban la horrenda masacre perpetrada por ejército y paramilitares el 21 de febrero de 2005.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 22 de febrero de 2014 ocupó varios predios privados de la Comunidad de Paz en los alrededores del asentamiento de San Josecito, a pesar de estar debidamente cercados y con vallas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el caserío de San José el 9 de marzo de 2014 hacia las 16:30 horas quienes dispararon contra el poblador de la vereda de Arenas Altas JOHN GÓEZ, impactando a la bestia que él montaba la cual murió inmediatamente.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 10 de marzo de 2014 persiguió al campesino   NORBEY   SEPÚLVEDA   y   luego   lo   contactó   por   teléfono   para chantajearlo ofreciéndole dinero si se convertía en informante.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 26 de marzo/14 violó los espacios privados del asentamiento de San Josecito afirmando que están por encima de toda ley.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 28 de marzo/14 detuvo a varios miembros de la Comunidad de Paz mientras buscaban unas bestias en sus propios predios.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal de la Policía que el 20 de abril/14, en el kilómetro 40 entre Tunja y Bucaramanga interceptó el vehículo en que se desplazaba ARLEY TUBERQUIA, miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz, insultándolo y amenazándolo y enviando mensajes amenazantes contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 14 de mayo/14 retuvo a un miembro de la Comunidad en la vereda Mulatos, insultándolo y amenazándolo.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 16 de mayo/14 ocupó predios de la Comunidad  en la vereda  La Unión impidiendo  el tránsito  y el trabajo  de subsistencia.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 17 de mayo/14 saqueó la vivienda del Sr.   TEODORO   LÓPEZ   en   La   Esperanza,   robando   animales,   alimentos   y destruyendo los enseres domésticos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 20 de mayo/14 detuvo y sometió a ultrajes al miembro de la Comunidad LUIS ARNOLDO DAVID en la vereda La Unión.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 21 de mayo/14 ocupó los espacios de trabajo de la Comunidad en la vereda La Unión afirmando que están por encima de toda ley y ocultando la identidad de la brigada a la cual pertenecían mediante engaños.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 22 de mayo/14 ocupó las viviendas de las familias de La Esperanza.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 4 de junio/14 y desde días antes ocupó predios privados de varias familias de la vereda La Antena, robó alimentos, animales y saqueó las pertenencias de las familias.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 30 de junio/14 violó los espacios privados de las familias de la vereda La Esperanza.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 7 de julio/14 ocupó los espacios de ingreso al asentamiento de San Josecito e insultó a los miembros de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 9 de julio/14 ocupó el área de las viviendas de la vereda La Unión, amenazando e insultando a sus pobladores.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas  de mando  del militar que en traje civil anunció el exterminio  de la Comunidad de Paz en Apartadó.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 2 de agosto/14 participó en un combate con las FARC en cercanías de la vereda La Unión y que disparó contra la menor YERY MAGALI MUÑOZ presentándola ante los medios como guerrillera muerta en combate.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que dijo pertenecer a la brigada móvil 11 y que el 21 de agosto/14 ocupó los espacios privados de las familias de la vereda Bellavista y dijo estar por encima de toda ley.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 22 de agosto/14 atacó a las familias de la vereda Bellavista y retuvo a varios civiles maltratándolos y utilizando los espacios civiles como trincheras.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que 22 de agosto/14 fumigó los cultivos de pan coger y de subsistencia de las familias de la Comunidad de Paz en las veredas Mulatos, La Resbalosa, La Esperanza y Las Nievas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y  líneas de mando del personal militar que dijo pertenecer a la brigada móvil 11 y que el 23 de agosto prorrumpió en atropellos y amenazas contra miembros de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que en el caserío de San José, el 25 de agosto/14, estuvo ofreciendo hasta 5 millones de pesos a quien matara al líder civil ARLEY CARTAGENA.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 26 de agosto/14 ocupó la propiedad privada del Sr. RUBÉN OQUENDO en la vereda La Cristalina.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 7 de septiembre/14 ocupó los predios privados de la Señora ISABEL ZAPATA en la vereda El Cuchillo, en estrecha coordinación con los paramilitares que la habían sentenciado a muerte, intentando también un empadronamiento ilegal, volviendo a ocuparlos el 9 de septiembre/14 y entre el 15 y el 18 de septiembre/14.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 15 de septiembre/14 ocupó los predios privados de familias de El Porvenir lanzando amenazas contra sus pobladores.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 17 de septiembre/14 ocupó y bloqueó la entrada al asentamiento de San Josecito de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 19 de septiembre/14 ocupó las viviendas de la vereda El Cuchillo intentando un empadronamiento ilegal.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del militar que el 22 de septiembre/14 estuvo anunciando, en el caserío de San José, el despojo de los terrenos pertenecientes a la Comunidad de Paz de San José de Apartadó.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 26 de septiembre/14 bloqueó el paso por la vereda Buenos Aires a miembros del Consejo de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 26 de septiembre de 2014 sometió a bombardeo indiscriminado la vereda La Resbalosita, afectando gravemente bienes civiles.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 12 de octubre de 2014 detuvo ilegal y arbitrariamente a los campesinos YHON EIDER FLOREZ y ALBERTANO FLOREZ en la vereda Miramar de San José de Apartadó.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar presente en la vereda La Cristalina el 10 de octubre de 2014 quienes privaron de su libertad ilegal y arbitrariamente por 10 horas al campesino APOLINAR CORREA, lo amarraron a un árbol, cometieron todo tipo de afrentas y llevaron a un paramilitar encapuchado para que le hiciera acusaciones falsas, y que en los siguientes días impidieron a los campesinos del lugar trabajar en sus parcelas de sobrevivencia.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar presente en la vereda Miramar el 22 de octubre de 2014 quienes privaron de su libertad a una menor luego de un combate con la guerrilla. Confirmar la identidad de un supuesto Coronel Ernesto Coral Rosero, supuesto comandante de la Brigada Móvil 11, quien calumnió públicamente a la Comunidad de Paz afirmando por medios radiales que la Comunidad recluta menores para la guerrilla.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que, junto con el Coronel Rojas Díaz, el 26, 27 y 29 de octubre de 2014, utilizaron medios masivos de información para lanzar numerosas calumnias contra la Comunidad de Paz, atribuyéndole la protesta que el día 26 un grupo de campesinos y pobladores de la zona realizó contra el ejército, denigrando de la pobreza de la Comunidad de Paz y calificando al sacerdote jesuita Javier Giraldo, acompañante de la Comunidad de Paz, como guerrillero que debía «desmovilizarse».
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de la vereda Playa Larga, quienes permitieron una nueva incursión de paramilitares en dicha vereda y veredas aledañas los días 29 y 30 de octubre de 2014.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que en las últimas semanas de octubre de 2014 distribuyó panfletos en la ciudad de Medellín en los que tilda a la Comunidad de Paz de San José de Apartadó de «organización guerrillera».
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de la vereda Arenas Altas, quienes permitieron la incursión paramilitar de supuestos integrantes de las Autodefensas Gaitanistas de Colombia en dicha vereda los días 1 y 2 de noviembre de 2014, dentro de la cual privaron de su libertad a 2 adultos y 6 niños, los amenazaron de muerte y anunciaron nuevamente ataques contra la Comunidad de Paz y su exterminio.
  • Suministrarme los nombres, código militar, unidad de pertenencia y línea de mando del supuesto Subteniente de la Brigada Móvil 11 quien se comunicó por teléfono el 31 de octubre y el 1 de noviembre de 2014 con JULIO GUISAO, miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz, para invitar a todos los miembros del Consejo a «desmovilizarse», suponiéndolos guerrilleros. Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial presente en el caserío de San José de Apartadó el 1 de noviembre de 2014, quienes impidieron que se registrara fotográficamente su presencia en las viviendas de la población civil de caserío, evitando así que se tuvieran pruebas de sus delitos.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que desde helicópteros del ejército lanzó panfletos en varios municipios de Urabá, el 5 de noviembre de 2014, en los cuales se trata a la Comunidad de Paz de «bandidos» y «terroristas» y se expresa apoyo, por parte del empresariado urabaense, al Coronel Rojas Díaz en sus calumnias contra la Comunidad de Paz y al infame programa televisado de «Testigo Directo» que el periodista sin ética Rafael Poveda difundió con cúmulo de infamias y falsedades.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 6 de noviembre de 2014 penetró en los asentamientos de la Comunidad de Paz de Arenas Altas y La Unión y retuvieron a varios jóvenes que se dirigían a trabajar a sus parcelas y les quitaron sus herramientas de trabajo.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial presente en el centro urbano de Nuevo Antioquia (corregimiento de Turbo) el 6 de noviembre de 2014, quienes permitieron que reconocidos paramilitares abordaran a varios civiles, les mostraran fotografías de miembros del Consejo Interno de la Comunidad de Paz que habían participado en una peregrinación para exigir la liberación del joven Yohn Eider Florez, privado de su libertad ilegal y arbitrariamente por el ejército.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que ingresó al asentamiento de la Comunidad de Paz en la vereda La Unión y el 7 de noviembre de 2014 y disparó sus armas de fuego contra el asentamiento.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar presente en la vereda Arenas Altas – sitio «Pelahuevo» el 7 de noviembre de 2014, quienes impidieron que los campesinos realizaran sus labores agrícolas de sobrevivencia.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de las veredas Rodoxalí, Playa Larga, La Esperanza, permitiendo a los paramilitares, durante el mes de noviembre de 2014, construir una carretera para ejercer el control de la población de la zona.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial encargado de la seguridad del aeropuerto Olaya Herrera de Medellín, quienes retuvieron ilegalmente a un miembro del Consejo Interno de la Comunidad de Paz en dependencias del aeropuerto el 25 de noviembre de 2014 y lanzaron afrentas y calumnias contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar presente en el asentamiento de La Unió entre el 6 y el 8 de diciembre de 2014, impidiendo a los labriegos su trabajo agrícola de sobrevivencia y destruyendo cultivos de pa-coger.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que en la semana del 8 de diciembre de 2014 disparó armas de fuego en las veredas Mulatos, La Esperanza y Arenas Altas, causando pánico en la población civil.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de las veredas Playa Larga, la Esperanza, El Porvenir y Las Nieves, en las últimas semanas de enero de 2015, dado que numerosos paramilitares recorrían la zona y anunciaban que iban a adquirir fincas en todas esas veredas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial presente en el caserío de Nuevo Antioquia, donde paramilitares que controlan el poblado abordaron a varios habitantes para lanzar amenazas contra la Comunidad de Paz por no permitir que la carretera de los paramilitares pase por sus asentamientos.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en la vereda Miramar el 5 de febrero de 2015, donde uniformados con armas largas interceptaron a varios campesinos anunciando que deben acostumbrarse a la presencia paramilitar en la zona.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la vereda Arenas Bajas el 9 de febrero de 2015, quienes torturaron al campesino RUBÉN CARVAJAL, quemándole la boca con ácidos, amarrándolo a un árbol y sometiéndolo a diversas vejaciones exigiéndole información sobre la guerrilla.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que controla la carretera entre Apartadó y San José donde el 10 de febrero de 2015 encapuchados interceptaron un vehículo en el sitio Tierra Amarilla, nido del paramilitarismo apoyado por el ejército durante muchos años, preguntando por varios pobladores de la zona.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar de la Brigada XVII en Carepa que custodia y protege al ex guerrillero alias «Samir», quien el 13 de febrero de 2015, a través de cadenas radiales de la fuerza pública lanzó nuevas calumnias contra la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar, aparentemente de la Brigada Móvil 24, quienes el 19 de febrero de 2015 acamparon ilegalmente en la propiedad privada de la Comunidad de Paz en la vereda La Resbalosa, justo durante los días de conmemoración de la horrenda masacre que el ejército perpetró en esa misma finca el 21 de febrero de 2005, masacrando a niños y a adultos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que hacía presencia en el poblado de Nuevo Antioquia los días 22 y 23 de febrero de 2015, cuando paramilitares estuvieron publicitando la necesidad de reclutar a 5000 personas para operar minas de carbón en el sector Quebrada Las Minas, como gran proyecto paramilitar.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que realizó operativos en los alrededores de la vereda Playa Larga a finales de marzo y principios de abril de 2015, ya que el paramilitar Tribilín comentó en la vereda Playa Larga el 2 de abril de 2015 que los operativos militares no eran contra ellos.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se ocupaba de las veredas Playa Larga y La Hoz, los días 10 y 11 de abril de 2015, dado que la intensa presencia de paramilitares obligó a varias familias de la zona a desplazarse.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que los días 14 y 15 y 16 de abril de 2015 rodearon el asentamiento central de la Comunidad de Paz, San Josecito, impidiendo a varios de sus habitantes  trabajar en sus cultivos de pan-coger y negándose a retirarse alegando que «pueden estar donde les dé la gana», como si no hubiera ningún Estado de Derecho.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 15 de abril de 2015, en la vereda Mulatos, abordó a un miembro de la Comunidad de Paz y lanzó contra ella calumnias y amenazas.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que ha protegido a los paramilitares que hacen presencia en las veredas La Hoz y Rodoxalí, donde han creado una grave crisis humanitaria y desplazado a la población que había retornado, situación que fue comprobada por una peregrinación de la Comunidad de Paz a la zona el 16 de abril de 2005.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que hacía presencia en las veredas Buenos Aires y Las Claras el 20 de abril de 2015, donde se enfrentaron con grupos armados en medio de la población civil, poniendo en alto riesgo la vida de los pobladores.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que el 27 de abril estuvo fumigando los cultivos de pan-coger de los miembros de la Comunidad de Paz en la vereda Alto Joaquín (Tierralta, Córdoba).
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que privó de la libertad de manera ilegal y arbitraria a los jóvenes WILSON DAVID MORA, DEIVER ANTONIO MÉNDEZ BERRÍO y otros dos, el 3 de mayo de 2015, en la vereda La Hoz, sometiéndolos a torturas en la escuela del lugar, amarrándolos a los árboles y llevándoselos en un helicóptero con rumbo desconocido.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hace presencia en la vereda de Piedras Blancas, donde existe una base paramilitar a donde llevan jóvenes de la región para obligarlos a trabajar con los paramilitares.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que desembarcó en helicópteros en la vereda Mulatos, en la Aldea de Paz Luis Eduardo Guerra, de la Comunidad de Paz, impidiendo el funcionamiento de la escuelita y de las actividades agrícolas y llenando de pánico a los pobladores, violando los principios de la Comunidad de Paz que exige que sus territorios no sean transitados por gente armada.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar hacía presencia el 14 de mayo de 2015 en cercanías de la vereda Playa Larga quienes toleraron que un grupo de paramilitares ingresara a la vivienda de OMAR GRANDA y le exigieran altas sumas de dinero para poder permanecer en la zona y no perder su vida.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del policial que los días 19 y 20 de mayo de 2015 ocupó las viviendas civiles y la escuela de la vereda La Hoz, preparando sus alimentos sin consentimiento de los dueños de las casas y que el día 20 se enfrentaron a la guerrilla tomando las viviendas como trincheras, dejando semidestruida la vivienda de la SEÑORA OFELIA.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que los días 8 y 9 de junio ocuparon parajes entre las veredas La Unión y Las Nieves, enfrentándose con grupos insurgentes y dando muerte a una res de las familias allí residentes y tratando de manera indignante a la población civil, y cuando las familias extrajeron la bala del cadáver del animal los militares los obligaron a entregarla para impedir que hubiera pruebas que los obligaran a indemnizar.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que hacía presencia el centro urbano de San José de Apartadó el 9 de junio de 2015, de cuyos cuarteles salió la bala que se incrustó cerca al corazón de la Señora LUZ MARY ALCARAZ, madre de 4 niños, mientras los pobladores desmienten la presencia de insurgentes ese día y a esas horas en el poblado.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que dio órdenes en el Hospital de Apar adó de no atender a la Señora LUZ MARY ALCARAZ, herida por proyectiles de la fuerza pública en el centro urbano de San José, aduciendo que era «guerrillera», algo totalmente falso.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia los días 10 y 11 de junio de 2015 en el centro urbano de San José de Apartadó, quienes dispararon indiscriminadamente en el poblado, en medio de la población civil, para responder a un supuesto ataque de insurgentes, poniendo en alto riesgo la vida de pobladores y miembros de la Comunidad de Paz que tienen allí sus parcelas de trabajo, los cuales tuvieron que correr en medio de las balas dejando sus herramientas de trabajo. Se violaba así nuevamente lo prescrito por varias sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que hacía presencia en el centro urbano de Nuevo Antioquia el 3 de julio de 2015, quienes han tolerado sistemáticamente la presencia y accionar de numerosos paramilitares en el poblado, quienes ese día abordaron a campesinos de la zona para manifestarles que los ataques de la Brigada contra la Comunidad de Paz les parecían muy oportunos pues justificaban el plan de exterminio de la Comunidad que sería un trabajo mancomunado entre militares y paramilitares.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que se enfrentó el 6 de julio con presuntos guerrilleros en la vereda de Arenas Altas, poniendo en alto riesgo a las familias de civiles allí residentes, como la del campesino JUAN CELADA que se vio en gran peligro.
  • Suministrarme los nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hacía presencia en el centro urbano de San José de Apartadó los días 7 y 9 de julio de 2015, quienes abordaron al poblador JAIME GARCÍA y a su familia, acusándolos de no pasar al ejército informaciones sobre explosivos que ponía la guerrilla en el caserío, presión que sólo se entiende a la luz del asedio que el ejército le ha hecho a este poblador, ya antes sometido a desplazamiento, para que les venda un terreno aledaño al asentamiento central de la Comunidad de Paz para hacer una base militar.
  • Establecer claramente la posición del gobierno nacional ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, en concreto si es cierto que el gobierno está exigiendo el levantamiento de las Medidas Provisionales de la Corte a favor de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, y cómo explica esa petición luego de tantos centenares de agresiones que se siguen produciendo por parte de agentes del Estado y de sus brazos paramilitares y de su desacato a todas las sentencias y Autos de la Corte Constitucional que han buscado proteger a la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidad de pertenencia y línea de mando de los agentes de la Policía que el 26 de agosto de 2005 persiguieron en moto a miembros de la Comunidad en la vía entre Apartadó y San José, los amenazaron y los reseñaron.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que operaba en un retén en el barrio Alfonso López de Apartadó el 10 de septiembre de 2015 a las 11:00 horas, quienes violaron abiertamente la sentencia de la Corte Constitucional sobre empadronamientos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal del personal militar responsable de seguridad de la vereda Playa Larga el 11 de septiembre de 2015 quienes permitieron acciones amenazantes de paramilitares contra población civil de la vereda Mulatos.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de seguridad en la vereda Playa Larga de San José de Apartadó el 21 de septiembre de 2015 quienes permitieron la acción criminal de paramilitares quienes ejecutaron al campesino Ernesto Guzmán, luego de muchas amenazas si no vendía su tierra.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de la vereda Arenas Bajas el 25 de septiembre de 2015, quienes permitieron la incursión de huestes paramilitares que amenazaron a los pobladores conminándolos a abandonar la zona y sembrando entre ellos el terror.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la entrada del asentamiento central y el cementerio de la Comunidad de Paz el 27 de septiembre de 2005 por espacio de dos horas.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que ha ofrecido códigos de seguridad, a través de los paramilitares que actúan en el caserío de San José de Apartadó, para que quienes colaboren con ellos no sean molestados en los retenes policiales.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial que, en connivencia con el INCODER, construyeron un “baldío” ficticio por Resolución 0144 del 28 de abril de 2006 del INCODER, violando las escrituras de propiedad previamente existentes, con el fin de adjudicarlo fraudulentamente a la viuda y el hijo de Elidio Tuberquia, a quien la Policía le había usurpado violentamente su casa-lote el 1 de abril de 2005 y que tras reclamar fuertemente por el daño apareció cerebralmente muerto el 13 de noviembre de 2006, crimen en el que todos los indicios apuntan a la Policía Nacional.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar que hizo presencia en la semana del 4 al 9  de octubre de 2015 entre las veredas Mulatos y La Hoz de San José de Apartadó, donde los paramilitares, presentes en el mismo sitio en un comando de alrededor de 40 armados, retuvieron a varios campesinos y les impidieron realizar sus actividades laborales.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de las veredas Arenas Bajas, Arenas Altas y Playa Larga, de San José de Apartadó, entre el 14 y el 20 de octubre de 2015, fechas en que fuertes contingentes paramilitares actuaron a sus anchas, penetraron en los espacios de la población civil, amenazaron a los pobladores,  anunciaron fuertes agresiones y sembraron el terror, amenazando incluso a los acompañantes internacionales que llegaron a Arenas Bajas con delegaciones de la Comunidad de Paz.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal policial y militar presente en el centro urbano del corregimiento de Nuevo Antioquia el 24 de octubre de 2015, donde los paramilitares exhibieron públicamente una lista de 8 campesinos para asesinar.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal de la fuerza pública presente en el caserío de San José el 25 de octubre de 2015, quienes detuvieron ilegal y arbitrariamente a tres campesinos civiles y los señalaron, incluso por medios de comunicación, como miembros de la guerrilla.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de las veredas Arenas Bajas y La Esperanza el 27 y 28 de octubre de 2015, donde los paramilitares exhibieron listas de campesinos para asesinar y sembraron el terror y afirmaron, en discursos públicos, que estaban controlando toda la zona, lo que revela connivencia clara con las fuerzas militares, cuya presencia en la misma zona fue detectada por la población.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad de la vereda La Esperanza de San José de Apartadó en la primera semana de noviembre de 2015, pues allí se produjo un desplazamiento masivo de familias aterrorizadas por la presencia y acciones paramilitares, concomitantes con la fuerza pública.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial presente las veredas las veredas Playa Larga, La Esperanza y el caserío de Nuevo Antioquia, en la primera semana de noviembre de 2015,  donde delegaciones de la Defensoría del Pueblo y otras instituciones pudieron comprobar la presencia paramilitar.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar y policial que hacía presencia en el centro urbano de San José de Apartadó en la noche del 7 de noviembre de 2015, quienes permitieron, en un caserío tan diminuto, el asesinato del poblador Albeiro Tuberquia.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal militar responsable de la seguridad en la vereda Rodoxalí el 7 de noviembre de 2015, donde delegaciones de la Comunidad de Paz y acompañantes internacionales pudieron comprobar la presencia de paramilitares.
  • Suministrarme los nombres, códigos institucionales, unidades de pertenencia y líneas de mando del personal Militar que el 9 de noviembre en horas de la mañana penetró en los predios privados de la Comunidad de Paz en la vereda La Unión, violando todas las normas legales.
  • Establecer claramente las responsabilidades de mando que desde la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa y las comandancias de Divisiones, Brigadas y Batallones competen por el desacato a las diversas sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado que ordenan retirar de las cercanías de áreas habitadas por población civil las estaciones de policía y bases militares y que en concreto deben responder por los daños humanos y materiales sufridos en los episodios de combate que han afectado el centro poblado de San José de Apartadó en las fechas señaladas en la cronología.
  • Establecer además la responsabilidad precisa en órganos o personas de la Brigada XVII de planes criminales contra la Comunidad de Paz: despojo de terrenos; montajes sobre un supuesto mercadeo ilegal del cacao; exterminio de la Comunidad de Paz; conversión de las legítimas denuncias o constancias de los crímenes de lesa humanidad perpetrados por el personal de la Brigada en «persecuciones de la Comunidad contra la Brigada»; campaña nacional e internacional de «falta de credibilidad de la Comunidad de Paz».

El desacato a la Sentencia T-1025/07 de la Corte Constitucional que todos estos hechos y negativas de información están revelando, se agrava, Señor Presidente Santos, por el desacato adicional al Auto 164/12 de la misma Corte Constitucional, que constituye un seguimiento de la misma sentencia y es fruto de una audiencia de seguimiento y evaluación de la misma, llevada a cabo en la Corte Constitucional el 27 de marzo de 2012.

La solicitud apremiante que le renuevo, Señor Presidente, después de 16 insistencias anteriores, de que cese la barbarie de su Gobierno contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, está sustentada en las aterradoras cronologías que han acompañado todos los derechos de petición y que revelan, a todas luces, una agresión sistemática claramente tipificada en el Estatuto de Roma como Genocidio y Crímenes de Lesa Humanidad, muchos de ellos englobados en el crimen de Persecución, caracterizados por tratar de impedir la existencia de un grupo humano con identidad propia al que se le niega caber en el concepto de nacionalidad que el Estado victimario se apropia ilegítimamente y cuyos derechos múltiples, contemplados en numerosos tratados internacionales, son pisoteados de manera sistemática.

En virtud, pues, del derecho constitucional de petición, le suplico también nuevamente, Señor Presidente:

  • Que cese la persecución de sus subalternos contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y contra el campesinado de su entorno físico y social.
  • Que no siga respaldando, a través de sus subalternos, las criminales estructuras paramilitares arraigadas en la zona, las que controlan cada vez mayores territorios y someten a su dominio a mayores franjas de población campesina, amenazando, desplazando o asesinando a quienes se niegan a someterse.
  • Que acabe con el desacato a la sentencia T-1025/07 que lo obliga a entregar los
    nombres, códigos militares, unidades de pertenencia y líneas de mando de los miembros de la fuerza pública que hicieron presencia en las fechas, horas y sitios en que se perpetraron violaciones graves a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, desacato que sus subalternos prolongan indefinidamente aduciendo argumentos que fueron descartados desde hace 8 años por la Corte Constitucional en su sentencia T-1025/07.
  • Que acabe con el desacato a la sentencia T-1206/01 de la Corte Constitucional,
    refrendada recientemente por sentencias del Consejo de Estado, que prohíbe establecer puestos de policía y bases militares en medio de la población civil, en zonas de conflicto.
  • Que acabe con el desacato al Auto 164/12 de la Corte Constitucional que ordenó la
    retractación presidencial de las calumnias contra la Comunidad de Paz proferidas por el ex Presidente Uribe; la definición de un procedimiento para evitar futuros señalamientos contra la Comunidad; crear una Comisión de Evaluación de la Justicia en los casos referidos a la Comunidad y su entorno; revisar la presencia de la fuerza pública en los asentamientos de la Comunidad en concordancia con convenios firmados en 1998 con otras comunidades de la zona, incluyendo el respeto a zonas humanitarias.
  • Que  acabe con la impunidad  que cubre a  quienes  desaparecieron al joven
    Buenaventura Hoyos en la vereda La Hoz en septiembre de 2013 y que ante la
    reacción    de    cortes    nacionales    e   internacionales    lo    dejaron   en   libertad
    clandestinamente con graves traumatismos, pero protegiendo a sus victimarios cuyos campos de operación son conocidos por todas las autoridades que se niegan a capturarlos y sancionarlos, aún tratándose de un crimen de lesa humanidad.
  • Que no vuelva a remitir estas peticiones angustiosas y apremiantes, fundamentadas en los principios más axiales de la Constitución y del Derecho Internacional, a los individuos o instituciones victimarias, que sólo buscarán afianzar su impunidad en la negación sistemática y gratuita de todas sus atrocidades.

Con la insistencia y el apremio que tanto dolor e indignación produce en quienes acompañamos a víctimas de tantos ultrajes y barbarie, le ruego, Señor Presidente, atender a estas solicitudes de manera urgentísima y responder, dentro de los términos legales, a la dirección adjunta.

Atentamente,

Javier Giraldo Moreno, S. J.

CC:

Corte Interamericana de Derechos Humanos – Caso 12325

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Corte Penal Internacional – Exp. OTP-CR. 266/07

Corte Constitucional de Colombia (Sala de Seguimiento a Sentencia T-1025/07)

Organismos de las Naciones Unidas, de la Organización de Estados Americanos, de UNASUR y organizaciones no gubernamentales, nacionales e internacionales, de derechos humanos.